El pliego estándar de julio de 2025 fija las condiciones de la subasta inversa electrónica MIP-CCC-SI-2025-0011 para adquirir mobiliario y equipos de oficina, con un monto estimado de RD$8,265,876.40 y adjudicación prevista por ítems. Entre sus reglas establece requisitos financieros y de experiencia, una mejora mínima de puja del 1% y entregas escalonadas. El texto contiene una discrepancia en la cantidad del counter de recepción y una aparente inversión de los signos del criterio de endeudamiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla califica como cumplimiento «Menor o igual que > 1.50» y como incumplimiento «Mayor que < 1.50», expresiones que invierten o vuelven ambiguo el límite de endeudamiento anunciado como menor que 1.50. Esto puede afectar la evaluación de la capacidad financiera de los oferentes.
“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple); Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El pliego exige dos años de experiencia en productos objeto del proceso, respaldo de la experiencia por facturas o contratos similares al monto de la contratación y al menos tres certificados de recibido conforme. Por el valor y la amplitud de la compra, conviene verificar en los estudios previos que la acumulación de estos requisitos sea proporcional y no restrinja innecesariamente la participación.
“Resumen de Experiencia mínima de dos (2) años en el mercado comercializando los productos y servicios objetos del presente proceso… Dicha información del formulario deberá estar sustentada por facturas o contratos previos similares al monto”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego fija la mejora mínima en el 1% del monto estimado del bien, mientras el reglamento describe la validez de los lances con relación al menor precio vigente. Conviene verificar cómo se configuró y aplicó el SECP, pues usar como base el estimado en lugar del precio vigente puede exigir reducciones distintas y afectar la competencia en la puja.
“Los lances deberán realizarse contemplando el rango mínimo de mejora de la oferta del 1% del monto estimado del bien. En consecuencia, los lances serán válidos si superan el margen mínimo de mejora indicado en este pliego, en relación con e”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 140 · Reglamento 416-23, art. 144 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 140 — De la celebración del procedimiento de subasta inversa
Artículo 140. De la celebración del procedimiento de subasta inversa. El procedimiento de subasta inversa se ejecuta únicamente mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). El pliego de condiciones debe contener las disposiciones establecidas en este reglamento e indicar de manera expresa la duración de las pujas, que en ningún caso podrá ser menor de quince (15) minutos ni mayor a sesenta (60).
Reglamento 416-23, artículo 144 — Reglas generales de la puja electrónica
Artículo 144. Reglas generales de la puja electrónica. Las instituciones contratantes y los oferentes deben cumplir estas reglas en la puja electrónica: 1. Las pujas solo pueden durar entre 15 a 60 minutos. El período seleccionado debe indicarse en el pliego de condiciones. 2. El período de las pujas permite que los oferentes mejoren sus propuestas a través de lances sucesivos. 3. Los oferentes son los únicos responsables de los montos que indiquen en cada lance. 4. Los oferentes deben acceder al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en la hora prevista en el pliego de condiciones, para poder realizar los lances durante el tiempo de puja. 5. Si un oferente decide no…
La descripción inicial consigna una unidad, pero la tabla de evaluación económica consigna cuatro y calcula RD$148,680.00 usando cuatro unidades. La diferencia afecta el alcance y la estimación del ítem; el resto del total estimado coincide con la tabla que usa cuatro.
“Counter de Recepción (según especificaciones) 1 Ud. 37,170.00 … Counter de Recepción (según especificaciones) 4 37,170.00 148,680.00”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Oferentes que registra (5)
3 adjudicado · 1 habilitado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Serd-Net, SRLAdjudicada en los ítems 1, 4, 9, 11 y 12 por tener el menor precio en esos ítems, según el acta de adjudicación resumida.
Adjudicado
Ítems 1, 4, 9, 11 y 12
RD$682,040
Flow, SRLEl acta de adjudicación resumida lo incluye entre los oferentes habilitados para participar en la puja; no le adjudica ítems.
Habilitado
—
RD$5,366,185
Grupo Continental Ferrero, SRLAdjudicada en el ítem 17 por tener el menor precio en ese ítem, según el acta de adjudicación resumida.
Adjudicado
Ítem 17
RD$32,978
Muñoz Concepto Mobiliario, SRLAdjudicada en los ítems 2, 3, 5, 6, 7, 8, 10, 13, 14, 15, 16, 18, 19, 20 y 21, según el acta de adjudicación resumida; el acta señala que no cumplió las especificaciones de los ítems 9, 11 y 17.
Fabregas Services, SRLFigura entre quienes presentaron oferta, pero no entre los cuatro oferentes habilitados identificados en el acta resumida; ese resumen no indica el motivo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona