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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO.pdf

ADQUISICIÓN DE UN (1) CAMION COMPACTADOR DE RESIDUOS SOLIDOS · Ayuntamiento del Distrito Municipal de Zambrana

Publicado el 17 jul de 202541 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso Ayto. Zambrana-CCC-LPN-2025-0001

Lo que dice

El pliego establece las bases de la Licitación Pública Nacional AYTO. ZAMBRANA-CCC-LPN-2025-0001 para adquirir un camión compactador, con valor referencial de RD$6,800,000.00. Fija la recepción de ofertas para el 1 de septiembre de 2025 y establece requisitos técnicos y de evaluación, además de condiciones de entrega y pago que presentan aspectos para revisión.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$6.8 millones

Condiciones de pago permiten desembolso total antes de la entrega

Documento del 17 jul 2025 · hace 1 año

El pliego prevé un pago único del 100% dentro de los cinco días posteriores a la firma, aunque en la misma sección indica un avance del 20% y prohíbe pagar el total antes de cumplirse el objeto. La contradicción puede afectar el control del desembolso y la secuencia de pago frente a la entrega.

“La institución contratante procederá a realizar un Unico pago equivalente al 100% del valor del/los Bienes en un plazo no mayor de 5 días a partir de la firma del Contrato y contra presentación de una Póliza de Seguro o Garantía Bancaria de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Entrega en cinco días y disponibilidad física previa del camión

Documento del 17 jul 2025 · hace 1 año

El pliego exige entregar el camión dentro de cinco días desde la firma y el pago, y verificar físicamente la existencia de los equipos durante la evaluación. Para un vehículo nuevo con caja compactadora y especificaciones particulares, esa combinación puede restringir la participación a oferentes que ya tengan el equipo disponible; el documento no consigna una justificación específica para esos plazos y condiciones.

“CAMIÓN COMPACTADOR DE RESIDUOS SÓLIDOS | 1 | 5 días a partir de la Firma del Contrato y pago del bien. … DISPONIBILIDAD: Los equipos serán evluados fisicamente por el equipo técnica para fines de verificación de existencia y cumplimiento de”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Criterio de marca con antigüedad no definida objetivamente

Documento del 17 jul 2025 · hace 1 año

Se exige una marca «reconocida» y con al menos diez años de presencia en el país, sin definir cómo se determina el reconocimiento ni cómo se verifica ese período. Este criterio puede limitar la competencia entre marcas y oferentes y merece revisión de su justificación técnica y forma de evaluación.

“Marca reconocida en el país, con por lo menos 10 años de presencia en Rep. Dom.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

A revisarHallazgo en documentos

Certificaciones exigidas para equipos no incluidos en el objeto

Documento del 17 jul 2025 · hace 1 año

La evaluación requiere certificaciones internacionales de gestión y control de calidad para el chasis, la caja compactadora y «cajas estacionarias», aunque el objeto descrito es la adquisición de un camión compactador. La exigencia adicional puede elevar barreras de participación; conviene verificar su necesidad y vínculo con el bien contratado.

“CERTIFICACION INTERNACIONAL: Que el oferente demuestre que el fabricante cuenta con las certificaciones Internacionales de Gestión y Control de calidad emitidas tanto para el chasis como para Caja compactadora y cajas estacionarias.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

ContextoHallazgo en documentosRD$6.8 millones

Actividad comercial del RPE descrita como preferible y también obligatoria

Documento del 17 jul 2025 · hace 1 año

En la descripción del objeto, la actividad comercial 25100000 se presenta como preferible; en los requisitos legales pasa a ser una condición que el RPE «debe tener inscrita». La diferencia puede generar incertidumbre sobre la habilitación. Según el dato aportado, MTE Grupo, SRL resultó adjudicataria y su RPE consultado el 2026-09-28 figura con rubros de servicios; esa consulta posterior no permite determinar su clasificación al momento de ofertar, por lo que procede verificar el registro histórico.

“por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial - Vehículos de motor. … Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Otros documentos del proceso (15)

  • 2 SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 14 jul de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 14 jul de 2025
  • contrato-ejecucion-de-bienes.docxContrato · 14 jul de 2025
  • 1 SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 14 jul de 2025
  • ACTA DE APROBACION DE LA MODALIDAD DE CONTRATACION Y SELECCIÓN D.pdfInforme pericial · 17 jul de 2025
  • ACTA DE APROBACION DEL PROCESO.pdfPliego · 17 jul de 2025 · 1 señal
  • Solicitud de obra.pdfSolicitud de compra · 17 jul de 2025
  • Autorizacion de inicio de proceso.pdfActa · 17 jul de 2025
  • Certificacion de fondos.pdfCertificación de fondos · 17 jul de 2025 · 1 señal
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 17 jul de 2025
  • compromiso etico de lasinstituciones-contratantes.pdfDocumento · 17 jul de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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