El acta CPEP-0003-2025, de fecha 2025-07-17, adjudica a Rosa Inés Abate Durán De Buche el alquiler de un inmueble para las oficinas de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias. Consigna un monto anual de RD$2,581,983.44, incluido el ITBIS; el portal registra un monto estimado y un contrato de RD$5,842,695.36, diferencia que requiere conciliación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta fija RD$2,581,983.44 como monto anual, mientras que el portal registra RD$5,842,695.36 como monto estimado y monto del contrato. La diferencia podría depender de la duración o del alcance económico del contrato, pero debe conciliarse con la oferta adjudicada y el contrato.
“por un monto anual de DOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS 44/100 (RD$2,581,983.44) incluyendo el 18% de ITBIS.” (pág. 2)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 171 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 171 — Documentos que se integran al contrato
Artículo 171. Documentos que se integran al contrato. Formarán parte del contrato o de la orden de compra o servicio, el pliego de condiciones y sus anexos, la oferta técnica y económica y el cronograma de entrega adjudicados.
El acta fecha la adjudicación el 17 de julio de 2025; según el resumen de las bases, el alquiler se describe para mayo-diciembre de 2025. Conviene verificar si el contrato contempla pagos u obligaciones por meses anteriores a la adjudicación y cómo se documentó su formalización.
“En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana a los diecisiete (17) días del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025)” (pág. 1)
El acta adjudica el alquiler a una persona que, según el historial aportado, obtuvo tres contratos con esta institución por RD$17,227,933 en los 24 meses previos. Es un dato de concentración que puede orientar la revisión del historial de contrataciones y de la competencia en esos procesos.
“destinado a la Contratación de un servicio de alquiler de inmueble a nombre de Rosa Inés Abate Duran, para las oficinas de la institución.” (pág. 1)
El acta usa distintas formas del nombre de la adjudicataria y el portal registra una tercera forma. Podrían ser variantes de transcripción, pero se debe verificar que la oferta, la adjudicación y el contrato identifican a la misma persona y que sus datos registrales coinciden.
“a nombre de Rosa Inés Abate Duran, para las oficinas de la institución. … a nombre de Rosa Inés Abate Durán De Buche” (págs. 1-2)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona