El informe técnico y legal recomienda formalizar, bajo la figura de proveedor único, el alquiler del inmueble que ocupa la Comisión Permanente de Efemérides Patrias y plantea evaluar una futura reubicación. Está fechado el 2025-04-25, pero afirma que el contrato se suscribió el 2025-04-28; el proceso se convocó el 2025-07-17, según los datos del portal.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe registra a cuatro propietarios, con Rosa Inés Abate Durán titular del 50 %, pero recomienda contratarla a ella como proveedor único. No explica en este documento cómo se acredita que ella, individualmente, es la única proveedora o puede formalizar el alquiler; conviene verificar la titularidad y las autorizaciones pertinentes.
“CONSIDERANDO: Que la CPEP se encuentra alojada en el inmueble identificado en el Registro de Títulos del Distrito Nacional con el CERTIFICADO DE TÍTULO , Folio , Matrícula , inscrito el 9 de junio de 2017 a las 8:54:29 a.m., con una superfi” (pág. 1, escaneada)
ART. 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: 1) Los acuerdos de préstamos o donaciones con otros Estados o entidades de derecho público internacional, cuando se estipule en dichos acuerdos, en cuyos casos se regirán por las reglas convenidas, en caso contrario se aplicará la presente ley. 2) Operaciones de crédito público y la contratación de empleo público, que se rigen por sus respectivas normas y leyes; 3) Las compras con fondos de caja chica, las que se efectuarán de acuerdo con el régimen correspondiente; 4) La actividad que se contrate entre entidades del sector público. PÁRRAFO. Serán considerados casos de…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
El documento está fechado el 25 de abril de 2025, pero afirma que el contrato se suscribió el 28 de abril; además, el portal sitúa la convocatoria el 17 de julio de 2025. La secuencia requiere verificar cuándo se formalizó la contratación y qué actuaciones de selección la precedieron.
“CONSIDERANDO: Que el presente informe técnico y legal tiene como finalidad justificar la necesidad de formalizar un contrato de alquiler correspondiente al inmueble ocupado por la Comisión Permanente de Efemérides Patrias (CPEP), suscrito e” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 161 · Reglamento 416-23, art. 163 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
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Rosa Inés Abate DuránEl informe la identifica como propietaria del 50 % del inmueble y recomienda formalizar con ella el alquiler bajo la figura de proveedor único; no adjudica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona