El Acta núm. 0064-2025, de 2025-07-14, aprueba el informe consolidado y adjudica RD$5,321,960 a Amipharma Dominicana, SRL y RD$33,600 a Farach, S.A., para un total de RD$5,355,560. También declara desierto el ítem 13 y ordena notificar los resultados y publicar el acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La quinta resolución indica que el adjudicatario puede iniciar el suministro con la notificación del acta, aunque el proceso es una comparación de precios y el reglamento prevé formalizar las contrataciones mediante contrato, reservando la orden de compra para compras menores o por debajo del umbral. El portal registra contratos confirmados el 2025-07-16, dos días después del acta; no consta aquí que se haya iniciado la entrega antes de la firma, por lo que corresponde verificar la secuencia efectiva.
“INSTRUYE, a la División de Compras y Contrataciones, para que conforme a lo establecido en la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y su modificación contenida en la Ley 449-06 y el doc”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
El acta adjudica RD$5,321,960 a Amipharma, mientras que el registro del portal aportado muestra su oferta por RD$0 con estado «Cargada / Pendiente»; el contrato del portal, en cambio, coincide con el monto adjudicado. El estado pendiente podría explicar el dato, pero conviene verificar la actualización del expediente electrónico para que la oferta registrada permita seguir la adjudicación.
“ORDENA LA ADJUDICACION a las entidades: FARACH, S.A., AMIPHARMA DOMINICANA, SRL..., porque CUMPLEN con los requisitos técnicos, financieros, legales y resultan las ofertas más convenientes a los intereses del INCART en cuanto a precio, idon”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Amipharma Dominicana, SRLAdjudicada para los ítems 1–12 indicados en el resumen de adjudicación; el acta consigna que cumplió los requisitos técnicos, financieros y legales.
Adjudicado
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RD$5,321,960
Farach, S.A.Adjudicada para el ítem 14; el acta consigna que cumplió los requisitos técnicos, financieros y legales.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona