Diferencias en las presentaciones farmacéuticas indicadas para excluir
· hace 1 año
El correo propone excluir cuatro presentaciones de oxicodona/naloxona, pero tres de las concentraciones indicadas no coinciden con las del requerimiento adjunto. Conviene verificar cuáles presentaciones se pretendía retirar y cómo se reflejó la solicitud en la preparación del proceso.
“OXICODONA/NALOXONA 10/2.5MG OXICODONA NALOXONA 20/2.5MG OXICODONA/NALOXONA 40/2.5MG OXICODONA/NALOXONA 5/2.5 MG … C235G1ZW2A | 2.3.4.1.01 | OXICODONA/NALOXONA 10/5MG | 1350 | UND | 1200”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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