Citas legales operativas no corresponden a la comparación de precios
· hace 1 año
El acto identifica el procedimiento como comparación de precios, pero su resolución primera invoca el numeral 1 del artículo 16 de la Ley, relativo a licitación pública; además, la orden de convocatoria remite al artículo 44 del Reglamento, sobre compras menores. Aunque los considerandos citan también las disposiciones propias de comparación de precios, las referencias de las resoluciones merecen verificarse por su posible efecto en la aplicación de las reglas procedimentales.
“PRIMERO: APROBAR, el proceso de Comparación de Precios , para la CONTRATACIÓN DE SERVICIO A TODO COSTO DE REMODELACIÓN Y ADECUACIÓN DE ESPACIO DE LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES, DNCD., DIRIGIDO A MIPYME MUJER, en virtud del Artícul” (pág. 4)
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 16 · Reglamento 416-23, art. 42 · Reglamento 416-23, art. 44 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 16
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios
Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.
Reglamento 416-23, artículo 44 — De las compras menores
Artículo 44. De las compras menores. Este procedimiento podrá utilizarse para adquirir bienes o servicios mediante un trámite simplificado, conforme al monto establecido en los umbrales actualizados anualmente por la Direccion General de Contrataciones Públicas.
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