Fondos certificados inferiores al monto estimado y adjudicado
· hace 1 año
La certificación acredita RD$3,500,000.00, mientras que el monto estimado del proceso es RD$10,500,000 y la adjudicación posterior registrada asciende a RD$9,450,000.60. La diferencia amerita verificar si existió una certificación presupuestaria adicional suficiente antes de convocar y comprometer el gasto; el documento de fondos asignados por la Presidencia mencionado en el expediente podría aportar contexto, pero no se indica aquí que cubra la diferencia.
“Que esta Dirección Administrativa-Financiera cuenta con la debida apropiación de fondos dentro del presupuesto del presente año 2025 y hace la reserva de la cuota de compromiso para el período 2025 … Total: 3,500,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →