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Pliego

Pliego de condiciones.pdf

Contratación de Servicios Hoteleros para el VIII Congreso Internacional CLA, 2025 celebrado por la Unidad de Análisis Financiero. · Unidad de Análisis Financiero

Publicado el 11 jul de 202549 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso UAF-CCC-CP-2025-0004

Lo que dice

El pliego fija las condiciones de la comparación de precios UAF-CCC-CP-2025-0004 para contratar servicios hoteleros del VIII Congreso Internacional CLA 2025, con presupuesto base de RD$5,643,000.00. Establece la recepción de ofertas para el 21 de julio de 2025 y prevé adjudicar a un único oferente por mayor puntaje, con evaluación técnica de 80 puntos y económica de 20.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Algunos criterios de evaluación dependen de apreciaciones poco definidas

Documento del 11 jul 2025 · hace 1 año

El pliego evalúa mediante cumple/no cumple aspectos como olor y frescura de alimentos, y asigna 30 puntos según el porcentaje de montaje que permita la estructura de los salones, sin precisar en el texto citado cómo medir esas variables. Conviene verificar que su aplicación haya sido uniforme y documentada.

“Los alimentos preparados | cuentan con la presentación, | adecuada temperatura, olor y | consistencia de frescura | … estructura de los | cinco (5) salones | propuestos permite | realizar el 95% o más | del montaje requerido | en las”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito de experiencia y escala de puntuación no coinciden

Documento del 11 jul 2025 · hace 1 año

La documentación técnica exige evidencia de cinco años de experiencia, pero la escala otorga puntaje a oferentes con entre tres y cinco años y solo descalifica a quienes tengan menos de tres. La contradicción puede generar incertidumbre sobre si cinco años son un requisito habilitante o solo el nivel de puntuación máxima.

“Formulario de experiencia del contratista (SNCC.D.049) con copias de contratos, ordenes de servicios o cartas de referencia que evidencien cinco (5) años de experiencia brindando este tipo de servicio de contratación … El oferente cuenta”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

El pliego fija porcentajes contradictorios para la garantía de seriedad

Documento del 11 jul 2025 · hace 1 año

En un apartado exige una garantía del 1 % de la oferta y en otro indica 4 % para oferentes en general y 1 % para MIPYMES. La diferencia puede alterar el costo de participar y el criterio de aceptación de las ofertas; además, se prescribe póliza aunque el reglamento admite garantía bancaria o póliza, con regla especial para MIPYMES.

“1. Póliza por un monto equivalente a uno por ciento (170) del monto de la oferta a presentar. … Garantía de la Seriedad de la Oferta. Correspondiente a Fianza de seguros irrevocable, incondicional y renovable por un monto equivalente a un c”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · Reglamento 416-23, art. 192 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta

Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías

Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…

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A revisarHallazgo en documentos

El desempate se establece directamente por sorteo

Documento del 11 jul 2025 · hace 1 año

El pliego dispone que cualquier empate se resuelva mediante sorteo, sin prever primero los criterios de desempate del reglamento, como inclusión laboral de personas con discapacidad, responsabilidad ambiental o subcontratación de MIPYMES. Esto merece revisión porque puede incidir directamente en la selección si se produce un empate.

“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá con la adjudicación mediante una selección al azar, tipo sorteo, el cual se llevará a cabo de manera pública, con los oferentes empatados, el CCC y en presencia de Notari”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas

Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…

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A revisarHallazgo en documentos

La ubicación exigida restringe la zona de los hoteles elegibles

Documento del 11 jul 2025 · hace 1 año

Las bases limitan el hotel al polígono central del Distrito Nacional y exigen acceso a transporte público. La ubicación puede ser pertinente para un congreso presencial, pero la delimitación territorial concreta merece revisión por su posible efecto en la cantidad de establecimientos capaces de competir.

“Se requiere la contratación de salones en un hotel ubicado dentro del Centro Metropolitano de Santo Domingo, específicamente en el pol'rgono central del Distrito Nacional. El hotel debe contar con acceso a transporte público para facilitar ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Otros documentos del proceso (25)

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  • 2025-04-21-MAPRE-PR-IN-2025-8703-AUTORIZACIÓN REF. CONCLAFIT-UAF-2025-00061.pdfAutorización · 11 jul de 2025
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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  • Contrato de Hotel CLA.pdfContrato · —
  • Contrato de Hotel CLA.pdfContrato · —
  • Informe definitivo Sobre B y recomendacion de adjudicacion CLA hoteletes VF.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —