La Enmienda I, de fecha 2025-07-10, modifica el punto 5 del pliego del proceso ASDN-CCC-CP-2025-0011: mantiene el plazo máximo de ejecución de 90 días calendario, pero establece que comienza a contarse desde el registro del contrato ante la Contraloría General de la República. También remite a anexos para los planes de las obras; el texto proporcionado no permite precisar su contenido. Las demás cláusulas del pliego se mantienen sin modificación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Sección I, punto 5: Tiempo de ejecución de la obraInicio del cómputo del plazo de ejecución | El plazo máximo de 90 días calendario se contaba a partir de la suscripción del contrato. | El plazo máximo sigue siendo de 90 días calendario, pero comienza a contarse desde el registro del contrato ante la Contraloría General de la República. | Aclara |
| Planes de las obrasRemisión a anexos | El texto de la enmienda no detalla el contenido previo de los planes. | La enmienda indica: «Sobre los planes de Las obras, vex anexos»; el contenido de esos anexos no está incluido en el texto proporcionado. | Neutral |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona