Referencia incorrecta al numeral legal sobre exclusividad
· hace 1 año
El informe atribuye a la Ley 340-06, artículo 6, numeral 5, una regla sobre exclusividad; ese numeral fue agregado por la Ley 6-21 para vacunas, mientras que la exclusividad figura en el párrafo del artículo 6, numeral 3. El informe cita también correctamente el artículo 54 del Reglamento 416-23, por lo que la discrepancia se señala como aspecto formal a verificar, sin que el documento permita concluir que cambió la selección o su resultado.
“Ley núm.340-06 de Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones en su artículo 6 numeral 5, las compras y contrataciones de bienes o servicios con exclusividad o que sólo puedan ser suplidos por una determinada”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 6 · Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 6
ART. 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: 1) Los acuerdos de préstamos o donaciones con otros Estados o entidades de derecho público internacional, cuando se estipule en dichos acuerdos, en cuyos casos se regirán por las reglas convenidas, en caso contrario se aplicará la presente ley. 2) Operaciones de crédito público y la contratación de empleo público, que se rigen por sus respectivas normas y leyes; 3) Las compras con fondos de caja chica, las que se efectuarán de acuerdo con el régimen correspondiente; 4) La actividad que se contrate entre entidades del sector público. PÁRRAFO. Serán considerados casos de…
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
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