El pliego de la licitación pública nacional CAASD-CCC-LPN-2025-0004 establece la adquisición de 35,000 sacos de sulfato de aluminio grado A y 1,034,000 libras de cloro gas, con presupuesto estimado de RD$168,616,360.00 para 2025 y 2026. Fija entregas escalonadas, evaluación cumple/no cumple y adjudicación por menor precio entre las ofertas conformes; también establece requisitos técnicos, financieros y de garantías.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige una línea de crédito equivalente al 15% del monto estimado total y ventas anuales equivalentes al 60% del monto a contratar, aunque la compra se divide en dos lotes de bienes distintos. No aclara si esos umbrales financieros se ajustan al valor del lote ofertado; aplicar el monto completo a quien compita por un solo lote podría resultar desproporcionado respecto de esa parte de la contratación.
“Línea de crédito por el quince por ciento (15%) del monto estimado del procedimiento de selección (ver el numeral 4 del presente pliego de condiciones), como medio para acreditar la solvencia económica y financiera del oferente. ... La empr”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La matriz de evaluación enuncia como criterio que el oferente sea fabricante, mientras que el listado técnico contempla autorización del fabricante cuando los bienes no sean fabricados por el oferente. La diferencia puede generar incertidumbre sobre si se admite a distribuidores autorizados y merece revisión por su efecto potencial en la participación.
“Que se trata de un fabricante del producto requerido ... Autorización del Fabricante en los casos de que los Bienes no sean fabricados por el Oferente, debidamente Firmada y Sellada en su Original (SNCC.F.047).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El pliego fija el pago del anticipo en un plazo no mayor de veinte días desde la firma del contrato, pero también indica que el primer pago se realizará dentro de treinta días desde el registro del contrato. Al tratarse del mismo anticipo, la diferencia de plazo y de evento inicial deja incierta una condición económica relevante para preparar las ofertas.
“El pago del anticipo se hará en un plazo no mayor de veinte (20) días a partir de la firma del Contrato y contra presentación de una garantía de buen uso de anticipo... ... Este pago se en un plazo de treinta (30) días luego del registro de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona