El informe mezcla dos causales de contratación directa
· hace 1 año
El encabezado presenta el procedimiento como excepción para obras científicas, técnicas o artísticas, pero la evaluación dice seguir especificaciones de un procedimiento mediante proveedor único. Son causales con justificaciones distintas; conviene verificar que la aprobación y el informe justificativo correspondan a la causal aplicada. La documentación anterior ya registra una señal sobre la falta de demostración concreta de exclusividad; esta señal se limita a la discrepancia de clasificación consignada en este informe.
“INFORME DEFINITIVO QUE EVALÚA LA PROPUESTA DEL PROCEDIMIENTO DE EXCEPCIÓN MEDIANTE CONTRATACIÓN DIRECTA POR OBRAS CIENTÍFICAS, TÉCNICAS, ARTÍSTICAS O RESTAURACIÓN DE MONUMENTOS HISTÓRICOS… siguiendo las indicaciones de las Especificaciones ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Reglamento 416-23, art. 58 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Reglamento 416-23, artículo 58 — Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos
Artículo 58. Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos. Este procedimiento aplicará para la adquisición de bienes, servicios y obras que puede otorgar una persona física o jurídica, a partir de su tecnicidad y pericia en la materia. A través de esta contratación se seleccionará al proveedor idóneo a partir de condiciones especiales exclusivas de su persona y que son indispensables para la satisfacción del objeto contractual, tales como su conocimiento y experiencia en la prestación del servicio u obra, la confianza y el manejo de información confidencial. Este procedimiento se utilizará para la compra y…
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