El informe, fechado únicamente como junio de 2025, recomienda autorizar una excepción por proveedor único para contratar al Hotel Casa de Campo Resort & Villas para los eventos FISDE y CCSBSO, previstos para el 28 y 29 de julio de 2025. Estima el presupuesto total en RD$5,066,860, dividido entre RD$3,050,000 para FISDE y RD$2,016,860 para las reuniones del CCSBSO; sostiene que el hotel es el único que cumple los requerimientos y tiene disponibilidad para el montaje previo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El alcance incluye un cóctel con bebidas premium, cenas con entretenimiento y excursiones para acompañantes, incluida una visita a Isla Catalina. Por tratarse de gasto público asociado a reuniones institucionales, conviene verificar la necesidad, proporcionalidad y costo de estos componentes frente al objeto del evento; el informe no desglosa su costo por actividad.
“Domingo 27, Coctel de bienvenida Paya Minitas, 6:30 p. m. a 9:00 p. m., 80 personas: • Open bar bebidas nacionales premium. ... Martes 29, excursión para las acompañantes, 9:30 a. m. a 3:00 p. m., 12 personas:”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
El informe compara un costo ejecutado de RD$3,484,653 en 2023 con RD$5,066,860 presupuestados para 2025, aproximadamente 45 % más. Los alcances descritos no son idénticos —el de 2025 comprende dos eventos y actividades adicionales—, por lo que la diferencia no demuestra por sí sola un sobrecosto, pero amerita revisar la comparabilidad y el análisis de precios que sustentó la estimación.
“Costo de la última renovación para el 2023 (ejecutado) ... Total (DOP) 3,484,653.00 ... Total 5,066,860.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Hotel Casa de Campo Resort & VillasEl informe lo identifica como proveedor único propuesto y recomienda someter la excepción a autorización del Comité de Compras; no consigna una adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona