Garantía de fiel cumplimiento con vigencia ambigua frente a contrato de 4 años
· hace 1 año
El pliego prevé un contrato de cuatro años, pero establece una vigencia mínima de 16 meses para la garantía de fiel cumplimiento y añade que esta se extenderá hasta el cierre contractual. La formulación deja incierto si la garantía cubrirá toda la ejecución; el art. 202 del Reglamento 416-23 establece que debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato.
“La vigencia de la garantía será de mínimo de dieciséis (16) meses, contados a partir de la constitución de la misma hasta el fiel cumplimiento y cierre del contrato, plazo que incluye el tiempo requerido para la realización del pago de la”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
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