Se recomienda abrir el Sobre B pese a exceder el límite de solvencia
· hace 1 año
La evaluación fija para la solvencia un rango de 1.5 a 2.0, pero registra 2.57 para la Entidad Participante 2 y aun así la considera cumplidora y recomienda habilitarla para abrir el Sobre B. La Entidad Participante 3 también figura como cumplidora con 9.44; la matriz vincula a la Entidad 2 con el lote 2 y, según el acta de adjudicación reseñada en el expediente, posteriormente ese lote fue adjudicado a Santo Domingo Motors Company por RD$33,333,320.00.
“Límite establecido: Entre 1.5 y 2.0 | X | 1.93 | X | 2.57 | X | 9.44 … ENTIDAD PARTICIPANTE 2 | Cumple con todos los requerimientos del numeral 9.3 | Habilitado, no tiene documentación a subsana”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…