El Acta Administrativa núm. AA-CP-AD-09-2025, de fecha 2025-06-18, aprueba el informe económico y adjudica a FL Betances & Asociados, SRL la adquisición de ocho UPS por RD$5,322,888.24, impuestos incluidos. El acta presenta inconsistencias en la identificación de la oferta que cumple la evaluación económica y en el soporte de la evaluación técnica, y el portal registra un oferente adicional al listado de cinco recibidos que recoge el documento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (17 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta identifica a Trace International como la empresa que cumple la evaluación económica, pero su propia tabla refleja ofertas menores de Itcorp Gongloss y FL Betances. La adjudicación a FL corresponde al menor precio entre las tres ofertas tabuladas, pero la declaración contradictoria deja sin claridad la conclusión del informe económico aprobada.
“RESULTA: Que, la empresa que cumple con la evaluación económica según detallamos, es: TRACE INTERNATIONAL SRL … FL BETANCES & ASOCIADOS SRL … 5,322,888.24” (pág. 5, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta consigna cinco oferentes recibidos, mientras que el portal registra seis ofertas e incluye a Double Core Enterprise, SRL con estado «Aprobada». Debe verificarse si esa oferta fue presentada y evaluada en el procedimiento; una diferencia de registro podría afectar la trazabilidad de la competencia, aunque el portal puede estar desactualizado o reflejar una actuación posterior.
“RESULTA: Que, fueron recibidas dentro del plazo establecido para el depósito de las ofertas correspondiente al precedentemente indicado, las propuestas de los oferentes:” (pág. 1, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta no vincula nominalmente con Critical Power la evaluación técnica que pudiera explicar que no se abriera su oferta económica. Además, incorpora un formulario rotulado con otro código de proceso y una adquisición de doce UPS, lo que dificulta comprobar qué evaluación sustentó la habilitación de los tres oferentes y la exclusión de los demás.
“tomando en consideración únicamente la empresa que calificó la etapa de las evaluaciones de credenciales y financieras, en cumplimiento del Artículo 119 del Decreto núm. 416-23. … 2/19/2025 | FORMULARIO DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS…” (págs. 2-4, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 119 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 119 — Evaluación de las ofertas técnicas
Artículo 119. Evaluación de las ofertas técnicas. Los peritos responsables de evaluar las ofertas técnicas, previamente designados por el Comité de Compras y Contrataciones o por la Dirección Administrativa y Financiera, procederán a verificar minuciosamente las credenciales y evaluar la oferta técnica de los oferentes. Párrafo I. Al evaluar las credenciales, los peritos deberán examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes, así como verificar que éstos cumplen con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Párrafo II. Los peritos deben emitir un informe preliminar mediante un acto…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Critical Power, SRLEl acta la incluye entre las ofertas recibidas y marca que cumple las evaluaciones legales y financieras, pero no identifica expresamente su resultado técnico ni explica por qué no se abrió su oferta económica.
Mencionado
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Itcorp Gongloss, SRLSu oferta económica fue abierta y evaluada por RD$5,333,259.38.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona