Referencias de experiencia declaradas no subsanables
· hace 1 año
La Enmienda II clasifica como no subsanables las dos cartas que acreditan servicios similares recientes, aunque la Enmienda I las había declarado subsanables. Como esas cartas acreditan experiencia del oferente, la regla del artículo 120 del Reglamento 416-23 establece que los documentos relativos a credenciales son subsanables si el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a su capacidad; corresponde verificar cómo se aplicó la clasificación en la evaluación.
“7) Mínimo dos (2) cartas de referencias comerciales de los servicios prestados, en los cuales les haya proporcionados los servicios requeridos en el presente pliego o que sean de naturaleza similar a los solicitados, al menos de los últimos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
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