miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de Servicios INEFI-CCC-LPN-2025-0009.pdf

(CONTRATACION DE SERVICIO DE INAUGURACION Y CLAUSURA DE LOS XI JUEGOS ESCOLARES DEPORTIVOS NACIONALES SAN FRANCISCO 2025, EXCLUSIVAMENTE PARA MIPYMES) · Instituto Nacional de Educacion Fisica

Publicado el 29 may de 202550 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INEFI-CCC-LPN-2025-0009

Lo que dice

El pliego establece una licitación pública nacional exclusiva para MIPYMES para contratar los servicios de inauguración y clausura de los XI Juegos Escolares Deportivos Nacionales San Francisco de Macorís 2025, con presupuesto base de RD$20,700,000. La convocatoria figura para el 29 de mayo de 2025 y la recepción de ofertas para el 14 de julio; el cronograma programa la adjudicación para el 5 de agosto de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$4.1 millones

Disponibilidad financiera mínima de RD$4,140,000 para MIPYMES

Documento del 29 may 2025 · hace 1 año

Se exige acreditar disponibilidad mediante instrumentos de débito o crédito por al menos el 20 % de la apropiación, equivalente a RD$4,140,000 sobre el presupuesto base de RD$20,700,000. Dado que el proceso está reservado a MIPYMES, corresponde revisar si este umbral y los demás requisitos financieros son proporcionales al servicio y no limitan irrazonablemente la competencia.

“Presentar pruebas que evidencien disponibilidad económica a través de la suma de instrumentos de débito (cuentas corrientes, certificados, cuentas de ahorro, entre otros) o la suma de instrumentos de crédito (líneas de crédito), tal que por”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Plazo de garantía de fiel cumplimiento anterior a la adjudicación

Documento del 29 may 2025 · hace 1 año

El cronograma fija el plazo para constituir la garantía el 2 de agosto, aunque la adjudicación está programada para el 5 de agosto. El reglamento establece que el plazo para presentarla corre desde la notificación de la adjudicación, por lo que las fechas del pliego son incompatibles y pueden generar incertidumbre sobre el cumplimiento y la prelación del proceso.

“16. Adjudicación 05/08/2025 … 18. Plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato 02/08/2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Se exige no tener litigios pendientes con el Estado

Documento del 29 may 2025 · hace 1 año

El pliego exige una declaración de que el oferente no tiene juicios pendientes con el Estado o sus instituciones. Esa condición no aparece entre las prohibiciones para contratar enumeradas en el artículo 14 de la Ley 340-06 y no se vincula expresamente con la capacidad de ejecutar este servicio; conviene verificar su pertinencia y efecto sobre la participación.

“Declaración Jurada en original en la que indique que el oferente no ha sido condenado por una infracción de carácter penal, relativo a su conducta profesional o por declaración falsa o fraudulenta acerca de su idoneidad para firmar un Contr”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

La actividad de gestión de eventos aparece como preferida y obligatoria

Documento del 29 may 2025 · hace 1 año

En la descripción del objeto, la actividad comercial de gestión de eventos se presenta como preferible; en los criterios de elegibilidad, se exige que figure inscrita en el RPE. La diferencia puede cambiar quién resulta habilitado y conviene aclarar cuál condición rige, pues los criterios deben ser inequívocos y aplicarse conforme al pliego.

“los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial gestión de eventos, incluyendo la organización y administración de los mismos exclusivamente para Mipymes. … debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la activi”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Dos períodos distintos para evaluar los estados financieros

Documento del 29 may 2025 · hace 1 año

La documentación financiera requerida en una sección menciona los períodos 2023 y 2024, mientras que la tabla de evaluación indica 2022 y 2023. La discrepancia deja incierto qué ejercicios deben presentar y evaluarse, y puede afectar de forma desigual la habilitación de los oferentes.

“Estado(s) Financiero(s) de los periodos dos mil veintitrés (2023) y dos mil veinticuatro (2024 … Estado(s) Financiero(s) de los periodos dos mil veintidós (2022) y dos mil veintitrés (2023”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Especificaciones con detalles insuficientes para comparar o verificar algunos elementos

Documento del 29 may 2025 · hace 1 año

El alcance enumera componentes y cantidades, pero en ejemplos como pantallas LED no indica dimensiones ni distribución por sede, y para fuegos artificiales no precisa características o duración. En un servicio de producción integral, la falta de parámetros medibles para esos componentes puede dificultar comparar las propuestas y verificar la recepción conforme.

“· Pantallas LED de 3mm y 2mm 3 … · Fuegos artificiales 3”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Otros documentos del proceso (31)

  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 28 may de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 28 may de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 28 may de 2025
  • Compromiso de Integridad Proveedores. V.02.docxDocumento · 28 may de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 28 may de 2025
  • contrato-ejecucion-de-servicios.docxContrato · 28 may de 2025
  • DECLARACION JURADA PERSONAS JURIDICAS (1).docDocumento · 28 may de 2025
  • ACTO ADMINISTRATIVO.pdfInforme pericial · 28 may de 2025
  • COMPROMISO ETICO.pdfDocumento · 28 may de 2025
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 28 may de 2025
  • DICTAMEN JURIDICO.pdfDictamen · 28 may de 2025
  • ACTO ADMINISTRATIVO APROBACION DE PLIEGO.pdf

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Pliego · 28 may de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 28 may de 2025
  • INVITACION.pdfDocumento · 28 may de 2025
  • PUBLICACIONES EN PERIODICOS LPN-0009.pdfDocumento · 26 jun de 2025
  • ENMIENDA NO. 1.pdfEnmienda · 1 jul de 2025 · 4 señales
  • PUBLICACIONES EN PERIODICOS LPN-0009.pdfDocumento · 1 jul de 2025
  • ACTO ADMINISTRATIVO ASIGNACION DE PERITOS.pdfInforme pericial · 1 jul de 2025 · 2 señales
  • ENMIENDA NO. 1.pdfEnmienda · 1 jul de 2025 · 1 señal
  • ENMIENDA NO. 2.pdfEnmienda · 2 jul de 2025 · 1 señal
  • Circular no. 1 prorroga para emitir acta de habilitación.pdfCircular · 25 jul de 2025
  • ACTA DE HABILITACION.pdfInforme de evaluación · 28 jul de 2025
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 5 ago de 2025
  • INFORME ECONOMICO.pdfActa de adjudicación · 5 ago de 2025 · 1 señal
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 15 ago de 2025 · 1 señal
  • ACTO AUTENTICO SOBRE B.pdfDocumento · —
  • CONTRATO SERTESA.pdfContrato · —
  • CUOTA SERTELSA.pdfDocumento · —
  • INFORME ECONOMICO.pdfDocumento · —
  • INFORME ECONOMICO.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —