El Acta núm. 072-2025, de fecha 2025-06-27, aprueba los informes de evaluación y adjudica a Viamar, S.A. los ítems 1 y 2 por RD$15,600,000.00. Registra que Viamar ofertó RD$15,600,000.00 y Bonanza Dominicana, S.A.S. RD$30,000,000.00; ambas fueron habilitadas para la apertura económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta cita una certificación de apropiación por RD$10,000,000.00 y adjudica por RD$15,600,000.00, una diferencia de RD$5,600,000.00. Corresponde verificar si existió una certificación posterior o complementaria antes de la adjudicación.
“VISTA: La certificación de apropiación presupuestaria Ref. , de fecha veintisiete (27) del mes de marzo del año dos mil veinticinco (2025), emitida por el Ministerio de Hacienda a través del Sistema de Integrado de Gestión Financiera (SIGEF”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Viamar ofertó y recibió la adjudicación por RD$15,600,000.00, monto idéntico al estimado que consta en el portal; la otra oferta registrada en el acta fue RD$30,000,000.00. La coincidencia exacta merece verificar la formación del presupuesto y la razonabilidad del precio, aunque por sí sola no demuestra una irregularidad.
“CONSIDERANDO: Que la empresa VIAMAR, S.A., presentó su oferta por un monto total de QUINCE MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$15,600,000.00) y la garantía de seriedad de oferta correspondiente al 1%. … CONSIDERANDO: Q”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona