El acta de 30 de junio de 2025 aprueba la evaluación económica de las ofertas habilitadas y adjudica el proceso ITLA-CCC-CP-2025-0005 a Osvaldo Valentín Valera Jiménez por RD$9,000,000. La decisión se basa en un empate económico entre cuatro oferentes y en que su oferta comprometía subcontratar una empresa MIPYME u otro sector priorizado. El acta registra 12 oferentes habilitados para la apertura económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta afirma que Macuri Group empató con Osvaldo en RD$9,000,000, pero el portal registra para Macuri RD$8,999,797, una diferencia de RD$203. Como la oferta del portal figura pendiente, procede verificar el monto económico definitivo: si ese registro refleja la oferta final, no habría empate y la diferencia podría afectar la aplicación del desempate y la adjudicación.
“Que hubo un empate en la oferta económica presentadas por los oferentes: 9). CONSTRUCTURA ZARA AMELIA, S.R.L. – RNC - RPE: 36102; 13). MACURI GROUP, S.R.L. – RNC - RPE: 51288; 19). SERVICIOS INGENIERILES Y MINEROS”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
GRUPO ONTAURO, S.R.L.No figura entre los 12 oferentes recomendados para la apertura económica.
No habilitado
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RD$9,000,661
OSVALDO VALENTIN VALERA JIMENEZGanador del desempate por incluir en su oferta técnica un compromiso de subcontratación de una empresa MIPYME u otro sector priorizado.
Adjudicado
Remozamiento de los baños de la sede central, edificios 1, 2 y 3