miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

6.Pliego equipos de laboratorio (002) REV.pdf

Adquisición de equipos de laboratorio para uso del INACIF · Procuraduría General de la República

Publicado el 27 jun de 202545 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso PROCURADURIA-CCC-LPN-2025-0002

Lo que dice

El pliego de la Licitación Pública Nacional PROCURADURÍA-CCC-LPN-2025-0002 establece la adquisición de equipos de laboratorio para el INACIF, con convocatoria del 30 de junio de 2025 y valor referencial de RD$54,810,000.00. Describe seis ítems, exige evaluación técnica bajo cumple/no cumple y dispone adjudicar por ítem según el menor precio entre las ofertas habilitadas. También fija, entre otras condiciones, un anticipo del 20%, entrega en un máximo de 60 días calendario y penalidades por retraso.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$21 millones

Valores distintos para la misma relación señal-ruido y duración

Documento del 27 jun 2025 · hace 1 año

La ficha del ítem 3 consigna dos relaciones señal-ruido diferentes para cada una de las duraciones de cinco segundos y un minuto. La falta de una condición que explique cuándo aplica cada valor puede dificultar comparar ofertas y determinar objetivamente el cumplimiento técnico.

“Relación señal-ruido 9300:1 pico-pico, 5 segundos • 32.000:1 pico-pico, 1 minuto • 14.500:1 pico-pico, 5 segundos • 50.000:1 pico-pico, l minuto”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$1 millones

Compatibilidad técnica limitada a un modelo de fabricante

Documento del 27 jun 2025 · hace 1 año

Para el ítem 2 se exige compatibilidad con el modelo IRAffinity-1 de Shimadzu, sin que en esa especificación se indique una alternativa equivalente. Conviene verificar si la compatibilidad responde a equipos existentes y si la condición permite competir a otros fabricantes.

“Compatible con: IRAffinity-1 Shimadzu.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Índices financieros con fórmulas de aprobación contradictorias

Documento del 27 jun 2025 · hace 1 año

Las reglas de solvencia y endeudamiento describen límites y comparadores que se contradicen o quedan incompletos; por ejemplo, el texto asocia «Menor o igual que» con «> 1.40» como cumplimiento. Al ser criterios de habilitación, la ambigüedad puede afectar la evaluación uniforme de las ofertas.

“Índice de endeudamiento = pasivo total/ patrimonio neto Límite establecido: Menor 1.40 Menor o igual que > 1.40 (Cumple) Mayor que < 1.40 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Penalidades elevadas y de alcance amplio

Documento del 27 jun 2025 · hace 1 año

El pliego prevé una penalidad del 1% del monto total del contrato por cada día calendario de retraso en la entrega y del 0.5% por cada hora o fracción de demora en comunicar cualquier incidencia que afecte directamente la contratación. La segunda regla abarca incidencias sin precisar su gravedad o impacto, por lo que merece revisión de proporcionalidad y aplicación práctica.

“A. La PGR aplicará una penalidad del uno por ciento (1%) del monto total del contrato, por cada día calendario en que el PROVEEDOR incumpla con los plazos establecidos para la entrega de los bienes o equipos requeridos, de conformidad al cr”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Otros documentos del proceso (25)

  • Solicitud de compra.pdfSolicitud de compra · 27 jun de 2025 · 1 señal
  • Certificación de fondos.pdfCertificación de fondos · 27 jun de 2025
  • DICTAMEN JURIDICO.pdfDictamen · 27 jun de 2025
  • Formulario Información del oferente. SNCC.F.042.docxDocumento · 30 jun de 2025
  • Formulario oferta Económica.SNCC.F.033.docxDocumento · 30 jun de 2025
  • Formulario Presentación de Oferta .SNCC.F.034.docxDocumento · 30 jun de 2025
  • ACTA DE INICIO.pdfInforme pericial · 30 jun de 2025
  • ACTA DE INICIO.pdfPliego · 30 jun de 2025
  • PUBLICACION EL CARIBE.pdfDocumento · 30 jun de 2025
  • EL NUEVO DIARIO 30-06-2025-7.pdfDocumento · 30 jun de 2025
  • Enmienda I.pdfEnmienda · 27 ago de 2025 · 2 señales
  • Acta de adjudicacion.pdf

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Acta de adjudicación · 23 sept de 2025
  • 19.Evaluacion economica LPN-02.pdfInforme de evaluación · —
  • 19.Evaluacion economica LPN-02.pdfInforme de evaluación · —
  • 21. Acta de adju..pdfActa · —
  • 21. Acta de adju..pdfActa · —
  • 21. Acta de adju..pdfActa · —
  • 21. Acta de adju..pdfActa · —
  • 23.Cuota.pdfDocumento · —
  • 23.Cuota.pdfDocumento · —
  • ACTA NOTARIO.pdfActa · —
  • ACTA NOTARIO.pdfActa · —
  • Contrato Bioanalitucal.pdfContrato · —
  • Contrato BNCLEAR.pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —