El informe de estudios previos describe la necesidad de contratar por un año almuerzos para aproximadamente 360 colaboradores diarios mediante una plataforma digital multiproveedor y multimenú, con cobertura en distintas localidades. Estima el costo en RD$25,000,000.00, con pagos mensuales según consumo, y está fechado el 24 de abril de 2025; no adjudica ni selecciona oferentes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio plantea que se podría preferir en un desempate a ofertas que demuestren el uso de materiales biodegradables. El artículo 131 del Reglamento enumera criterios de desempate distintos; conviene verificar si esta propuesta se incorporó al pliego y cómo se articuló con esos criterios.
“Por la naturaleza de los servicios que se pretenden adquirir, se pudieran ponderar criterios sociales de inclusión para el desempate de las propuestas, en cuyo caso, se dará preferencia a aquellas ofertas donde el oferente haya demostrado e”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
El estudio exige cinco años ofreciendo este tipo de servicio, aunque también lo describe como un servicio que se ofrece «sin mayores complicaciones»; la proporcionalidad de ese umbral merece revisión. Según el resumen de la enmienda posterior del expediente, el mínimo se redujo a tres años, lo que mitiga el requisito inicial.
“La empresa debe contar con una experiencia mínima de 5 años ofreciendo este tipo de servicios. Este servicio se ofrece sin mayores complicaciones, se requiere experiencia previa ofreciendo los Servicios de Almuerzo a través de una plataform”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona