El pliego establece las condiciones para renovar 400 licencias Citrix por un año, con valor referencial de RD$7,886,400.00, mediante un procedimiento de excepción por proveedor único. Fija la convocatoria para el 27 de junio de 2025 y la recepción de ofertas para el 1 de julio de 2025, además de requisitos técnicos, evaluación y condiciones contractuales.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Las especificaciones requieren referencias de al menos tres proyectos de implementación, pero la lista de documentación técnica y su tabla de evaluación no las incluyen expresamente. La diferencia puede generar incertidumbre sobre si ese requisito se aplicaría como condición de habilitación y merece revisión por su incidencia en la participación.
“Cartas de referencias de al menos 3 proyectos de implementación en esta tecnología … 1. Especificaciones Técnicas de los productos ofertados. 2. Carta de fabricante que es Partner certificado del producto (Proveedor Único). 3. Garantía: 1”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El pliego afirma que la recepción, apertura y evaluación se harán en una etapa, aunque también establece sobres técnicos y económicos y prevé evaluación técnica, subsanación y evaluación económica. El Reglamento 416-23 dispone como regla general dos etapas y condiciona la apertura económica a que concluya la evaluación técnica, por lo que la contradicción merece revisión.
“la recepción, apertura y evaluación de las ofertas se llevará a cabo en una etapa: Una etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Entre la publicación del viernes 27 de junio a las 14:00 y la recepción del martes 1 de julio a las 13:00 transcurren aproximadamente dos días hábiles. Aunque se trata de una excepción por proveedor único, el plazo debe ser razonable y proporcional; corresponde revisar si permitía preparar la oferta y sus documentos técnicos.
“1. Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional 27/6/2025 14:00 P.M … 4. Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) 1/7/2025 13:00 P.M”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona