El informe pericial, fechado el 2025-04-04, recomienda contratar directamente a Gestión Tecnológica e Industrial (Gestionsa), SRL, por proveedor único, para adquirir unidades de respaldo y aires acondicionados y acondicionar aulas para simuladores. Estima RD$2,049,103.36 para los equipos y RD$4,836,180.64 para las adecuaciones, para un total de RD$6,885,284.00; fundamenta la recomendación en requisitos de instalación y garantía atribuidos al fabricante de los simuladores.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe asigna RD$2,049,103.36 a UPS y aires acondicionados, frente a RD$1,829,616.02 que suman esos ítems en el portal; asigna RD$4,836,180.64 a adecuaciones, frente a RD$5,055,660.54 en los ítems correspondientes. Las diferencias se compensan casi por completo: el total pericial supera el estimado del portal por RD$7.44, pero la distribución por componente requiere conciliación.
“Valorados por un monto total de RD$ 2,049,103.36 impuestos incluidos. Valorados por un monto total de RD$4,836,180.64”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El informe sostiene que la empresa encargada debe estar certificada por ETECH SIMULATION CORP y que solo el fabricante puede certificar los estándares de instalación. Esa condición vincula la elegibilidad a una acreditación propietaria; conviene verificar su sustento y si existían alternativas equivalentes, aunque el informe la presenta como necesaria para conservar la garantía.
“Dado que solo el fabricante puede certificar los estándares de instalación y adecuación de las aulas, la empresa encargada de estos servicios debe estar debidamente certificada por ETECH SIMULATION CORP, para garantizar un entorno de uso pr”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
El informe identifica a uno de los peritos como estudiante de grado en Informática Gerencial y al otro como ingeniero civil, para una contratación que comprende sistemas UPS y adecuaciones especializadas de aulas. Es un dato para verificar frente a la competencia técnica específica requerida; el perfil descrito, por sí solo, no demuestra falta de capacidad.
“Wilson Cabrera Bonilla, Estudiante de grado Informática Gerencial en la Universidad UAPA de Santo Domingo. Encargado de la Sección de Mantenimiento ECI-ONA. Gabriel Rodríguez, Ingeniero Civil, graduado en la Universidad INTEC de Santo Domin”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona