El pliego establece las reglas para contratar, por comparación de precios y en tres lotes regionales, servicios de mantenimiento y reparación de la flotilla vehicular de la DGM, con un valor referencial de RD$5,600,000 y una duración de 12 meses. Fija recepción de ofertas para el 7 de julio de 2025 y programa la adjudicación para el 4 de agosto de 2025; el resumen de actas y contratos del proceso registra fechas anteriores para la adjudicación y los contratos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego acumula exigencias no subsanables de cinco años de experiencia, logística de taller móvil, respuesta del servicio en un máximo de 24 horas y crédito mínimo de 60 días. Por su efecto conjunto sobre la capacidad operativa y financiera de los participantes, conviene verificar su proporcionalidad respecto del objeto y el alcance del contrato; el documento no consigna aquí la justificación particular de cada exigencia.
“Resumen de Experiencia de la empresa mínima de cinco (05) años, en servicios iguales o similares al rubro contractual (SNCC.D.049), esta experiencia tiene que ser acreditada a través de certificaciones, órdenes de compras y/o contratos, que”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego programa la adjudicación para el 4 de agosto y la suscripción de contratos para el 1 de septiembre de 2025. Sin embargo, el resumen del acta sitúa la adjudicación el 18 de julio y el portal registra contratos el 22 de julio; la secuencia merece verificarse contra posibles cambios formales del cronograma.
“16. Adjudicación 3:00 PM del 04 agosto del 2025. … 19. Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra o de servicios 12:00 PM del 01 septiembre del 2025.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Servipartes Aurora, SRLAdjudicataria de los Lotes II y III, por RD$1,000,000 en conjunto, según el resumen del acta de adjudicación aportado.
Adjudicado
Lotes II y III
RD$1,000,000
Ck Trans Motors, SRLEl resumen del acta indica que fue habilitada para la apertura de la oferta económica tras superar la evaluación técnica; no se le adjudicó lote.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona