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Pliego

FICHA TECNICA.pdf

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE LA FLOTILLA VEHICULAR DE ESTA DGM. · Dirección General de Migración

Publicado el 27 jun de 20257 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DGM-CCC-CP-2025-0002

Lo que dice

La ficha técnica del proceso DGM-CCC-CP-2025-0002 establece servicios de mantenimiento y reparación de la flotilla vehicular por tres lotes regionales, con una duración de 12 meses y cuatro servicios trimestrales para un total declarado de 142 vehículos. Exige un local físico amplio y seguro en al menos una de las regiones y logística de taller móvil para atender las provincias comprendidas.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Requisito de local físico sin parámetros verificables

Documento del 27 jun 2025 · hace 1 año

La ficha exige un local «amplio y seguro» en al menos una región, sin definir cómo se medirán esas condiciones. La exigencia de infraestructura local puede limitar la participación de proveedores sin instalaciones en esas regiones, aunque la cobertura territorial requerida ofrece una posible justificación operativa.

“Los Oferentes/Proponentes deberán tener disponible al menos un local físico amplio y seguro disponible al menos en una de las regiones (ESTE, NORTE Y SUR) según lo establecido en los lotes, además de presentar logística suficiente (taller m”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Identificadores de vehículos repetidos en el inventario

Documento del 27 jun 2025 · hace 1 año

El inventario declara 142 vehículos, pero registra el mismo VIN para el vehículo F-213 en la sede central y en Jarabacoa. La repetición puede corresponder a una clasificación por ubicación, pero conviene verificar el universo de unidades y evitar que se contabilice dos veces para estimar o recibir servicios.

“Total: 142 … 7 | F-213 | Camion | KMFGA17BPNC355446 | EL09748 | 2022 | Hyundai HD78 … 116 | F-213 | Camion | KMFGA17BPNC355446 | EL09748 | 2022 | Hyundai HD78”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Restricción de divulgación sobre la ficha técnica

Documento del 27 jun 2025 · hace 1 año

La ficha califica sus informaciones como confidenciales y prohíbe que los oferentes o su personal las divulguen o publiquen. Esa restricción sobre documentos del proceso merece revisión frente al principio de transparencia y publicidad; el texto no precisa su alcance ni una base para reservar información.

“Las Informaciones y ficha técnicas descritas en el presente documento son de uso confidencial, con la finalidad de que los Oferentes/Proponentes puedan preparar propuestas para el presente proceso. Las mismas no podrán ser divulgadas o publ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 13 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 13

ART. 13. Toda persona que acredite algún interés podrá en cualquier momento conocer las actuaciones referidas a compras o contrataciones, desde su iniciación hasta la extinción del contrato, con excepción de las contenidas en la etapa de evaluación de las ofertas o de las que se encuentren amparadas bajo normas de confidencialidad. La negativa infundada a permitir el conocimiento de las actuaciones a los interesados se considerará falta grave por parte del funcionario o agente al que corresponda otorgarla. El conocimiento del expediente no interrumpirá los plazos de las distintas etapas de los procedimientos de compra y contratación. PÁRRAFO. La entidad contratante llevará un expediente de…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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