Inicio del suministro y secuencia de formalización a verificar
· hace 1 año
El acta dispone que el adjudicatario podrá iniciar el suministro con la notificación de la adjudicación, aunque el reglamento establece que la contratación debe formalizarse mediante contrato y que este debe suscribirse por las partes. Además, según el portal, consta un contrato cancelado para Doctores Mallen Guerra con fecha 2025-05-03, anterior a la fecha del acta; conviene verificar la secuencia y el soporte de esas actuaciones.
“En el Distrito Nacional, República Dominicana, siendo las once horas y treinta minutos de la mañana (11:30 am) del día Dieciocho (18) de Junio del año Dos Mil Veinticinco (2025), se dio inicio a la sesión del Comité de Compras y Contratacio”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
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