En reunión ordinaria No. 018, celebrada el 2025-04-03, el Comité de Compras y Contrataciones de EGEHID aprobó el informe económico y adjudicó la licitación EGEHID-CCC-LPN-2024-0036 a Ferretería Popular, S.R.L. por RD$9,054,429.48, por ser la oferta de menor precio entre las habilitadas y cumplir con los requisitos del pliego. El acta registra que tres oferentes no fueron habilitados técnicamente por no ofertar una bomba de la clase J205ND.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que Hidrotec, García y Llerandi y Ropeco no fueron habilitados por ofertar bombas distintas de la clase J205ND, mientras que seis oferentes sí avanzaron. Esto confirma en este proceso la incidencia competitiva del requisito técnico ya identificado en otros documentos; no establece por sí solo que la evaluación se apartara del pliego.
“HIDROTEC, S.R.L, NO CUMPLE, con las Especificaciones Técnicas del ítem , publicado para este proceso, porque oferta una Bomba Sumergible que no es de la Clase J205ND.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
La oferta de Olivo Industrial fue de RD$17,685,958.00 frente al presupuesto estimado de RD$17,685,960.00. Olivo no resultó adjudicataria y la cercanía, por sí sola, no demuestra irregularidad, pero es un dato que merece verificarse en relación con la preparación y conocimiento del presupuesto referencial.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona