El pliego establece una Licitación Pública Nacional para adquirir tres vehículos SUV para DIECOM, con presupuesto estimado de RD$6,592,290.00, impuestos incluidos. La convocatoria estaba prevista para el 24 de junio de 2025 y la recepción de ofertas hasta el 6 de agosto de 2025; fija un mínimo de 65 puntos técnicos para acceder a la evaluación económica y combina calidad técnica con menor precio para adjudicar. La portada solo indica mayo de 2025, sin día específico.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego reúne requisitos estrechos sobre año, potencia, dimensiones y capacidad del baúl, además de condiciones de tracción y transmisión. Esa combinación puede limitar las alternativas disponibles; el portal registra un solo oferente, por lo que conviene verificar cómo se sustentaron las especificaciones en los estudios de mercado.
“Año De Fabricación: 2025 … Potencia: ≥150 A 155 Hp • Dimensiones: -Largo 4,660 Mm Máximo -Ancho 1,865 Mm Máximo -Alto 1660 Mm Mínimo -Capacidad Del Baúl 1,121 Litros”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El pliego dispone considerar tanto el mayor puntaje técnico como el menor precio, pero no establece una ponderación o regla para decidir entre una oferta de mayor calidad y otra más barata. La falta de una fórmula explícita puede dificultar la comparación y la previsibilidad de la adjudicación.
“Asimismo, obteniendo el mayor puntaje en los aspectos técnicos y presentando menor precio. El oferente que reúna esos tres aspectos es el que se considerará adjudicado del presente proceso: mayor calidad técnica por puntaje y menor precio o”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Viamar, S.A.El portal registra un contrato celebrado por RD$6,592,290.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona