El acta de 18 de junio de 2025 adjudica los cuatro lotes del proceso JDSO-CCC-CP-2025-0001: el Lote 1 a Constructora Moya Tavera & Asoc., SRL por RD$3,690,320.82; el Lote 2 a Jeconis Constructora, SRL por RD$2,499,166.89; el Lote 3 a Nelson Hiraldo Trejo por RD$2,199,731.84; y el Lote 4 a Mariano Gomera Alcántara por RD$2,572,320.63. El total adjudicado es RD$10,961,540.18. El acta aprueba los informes económicos y ordena notificar a los oferentes y publicar la decisión.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta atribuye la evaluación económica a equipos distintos: en un pasaje enumera a Junior Ortiz y Anselma Contreras, y en la resolución que aprueba el informe menciona a Fausto Tejada en lugar de ambos. Además, esta última atribuye el informe al 28 de mayo, aunque el acta sitúa la apertura económica el 4 de junio; conviene verificar qué informe sustentó la adjudicación y quiénes lo elaboraron.
“PRIMERO: Conocer el INFORME FINAL DE EVALUACIÓN ECONÓMICA elaborado por los peritos autorizados designados: Lic. Elías Rafael Berroa Alcántara - Abogado Notario, Ing. Junior Ortiz - Encargado de Obras Públicas JDSO, Lic. Anselma Contreras -”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Reglamento 416-23, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Reglamento 416-23, artículo 132 — Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación
Artículo 132. Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de correcciones aritméticas de las ofertas económicas, emitirán el informe de evaluación económica que contendrá todo lo justificativo de su actuación, que se realizará con base en los parámetros definidos en el pliego de condiciones. En el informe se recomendará la adjudicación y se determinará el reporte de lugares ocupados por cada oferta. Luego de emitido el informe, deberá ser remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativo y Financiera, para su…
El acta registra a Luis Felipe Núñez como ausente de la reunión y lo incluye entre quienes firman al cierre. La firma podría corresponder a una conformidad posterior, pero el documento no aclara esa circunstancia; conviene verificar su participación y el registro de la deliberación colegiada.
“señor Luis Felipe Núñez, Encargado de Planificación y Desarrollo (AUSENTE), miembro … Luis Felipe Núñez [cédula] Planificacion”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona