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Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación · Acta 079

acta_de_adjudicacion_mimarena_ccc_peor_2025_0006_cooltura_signed.pdf

Contratación de los servicios de impartición Cooltura De Liderazgo, para colaboradores del Ministerio · Ministerio de Medio Ambiente

Publicado el 20 jun de 2025Fechado el 17 jun de 202510 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.1781609»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIMARENA-CCC-PEOR-2025-0006

Lo que dice

El Acta núm. 079, de 2025-06-18, aprobó los informes de evaluación y adjudicó a GLEARNS, S.R.L. el servicio de impartición de Cooltura de Liderazgo por RD$6,500,000. El acta registra que GLEARNS fue el único oferente participante y ordena constituir una garantía de fiel cumplimiento del 4% —o del 1% si es MIPYME— dentro de cinco días calendario.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$9.8 millones

El portal registra un aumento contractual del 50%

Documento del 20 jun 2025 · hace 1 año

El acta adjudica RD$6,500,000; según los datos del portal, el contrato fue modificado a RD$9,750,000 el 2025-06-20, un aumento de RD$3,250,000 (50%). El porcentaje coincide con el máximo legal para servicios, pero conviene verificar la justificación, las circunstancias y que se mantuviera el objeto contractual.

“GLEARNS, S.R.L. 6,500,000.00 6,500,000.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 179 · Reglamento 416-23, art. 180 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 31

ART. 31. La entidad contratante tendrá las facultades y obligaciones establecidas en esta ley, sin perjuicio de las que estuvieren previstas en otra legislación y en sus reglamentos, en los pliegos de condiciones, o en la documentación contractual. Especialmente tendrá: 1) El derecho de interpretar administrativamente los contratos y de resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, el Organo Rector emitirá la opinión definitiva; 2) Podrá modificar, disminuir o aumentar hasta un veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original de la obra, siempre y cuando se mantenga el objeto, cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 179 — Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios

Artículo 179. Potestad de modificación de los contratos y órdenes de compra o servicios. Los contratos y las órdenes de compra o de servicio podrán ser modificados de manera unilateral, como ejercicio de la facultad prevista en la ley, o por mutuo acuerdo y por las causas previamente establecidas en el pliego de condiciones. en ambos casos, siempre y cuando se mantenga el objeto de la contratación, se trate de circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el procedimiento de selección y esa sea la única forma de satisfacer plenamente el interés general. Párrafo. Para las causas previstas en el pliego de condiciones se deberá establecer de manera detallada, clara,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 180 — Modificaciones por causas no previstas en el Pliego de Condiciones

Artículo 180. Modificaciones por causas no previstas en el Pliego de Condiciones. Excepcionalmente, la institución contratante podrá realizar modificaciones a los contratos y órdenes de compra o servicios por causas no previstas en el pliego de condiciones, pero sin alterar el objeto del contrato y cumpliendo los límites porcentuales definidos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, solo en las siguientes situaciones: 1. Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos. 2. Que la modificación surja como consecuencia de circunstancias imprevisibles que hacen necesarias variaciones en las condiciones contractuales…

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A revisarHallazgo en documentosRD$6.5 millones

Única oferta participante por el monto estimado

Documento del 20 jun 2025 · hace 1 año

El acta registra un solo oferente y una oferta de RD$6,500,000, igual al monto estimado informado para el proceso. La falta de competencia efectiva y la coincidencia exacta con el presupuesto justifican revisar la razonabilidad del precio y la amplitud de la convocatoria; por sí solas no establecen una irregularidad.

“Que, en fecha tres (3) de junio del año dos mil veinticinco (2025), los peritos remitieron Informe de Evaluación de Oferta Técnica “Sobre A” con los resultados del proceso de evaluación de la propuesta presentada por el único oferente parti”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción

Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…

A revisarHallazgo en documentos

La garantía se fija por cinco días calendario

Documento del 20 jun 2025 · hace 1 año

El acta ordena presentar la garantía en cinco días calendario, mientras que el Reglamento fija cinco días hábiles desde la notificación de la adjudicación. El plazo consignado es más corto y puede reducir el tiempo disponible para el adjudicatario.

“dentro de los cinco (5) días calendarios, contados a partir de la notificación de la adjudicación, por un importe del cuatro por ciento (4%) del monto total de la adjudicación”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

La vigencia de la garantía se limita a un año

Documento del 20 jun 2025 · hace 1 año

El acta establece una vigencia de un año desde la suscripción del contrato. El Reglamento dispone que la garantía de fiel cumplimiento se mantenga vigente hasta la liquidación; conviene comprobar que el término fijado cubra todo el período de cumplimiento y liquidación contractual.

“con duración de un (1) año contados a partir de la suscripción del contrato”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…

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Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
GLEARNS, S.R.L.El acta consigna que cumplió los requisitos técnicos, legales y económicos y adjudica a su favor el único lote.AdjudicadoÚnico loteRD$6,500,000

Otros documentos del proceso (12)

  • 1-TDR.pdfDocumento · 27 may de 2025
  • 2-Informe justificactivo.pdfInforme justificativo · 27 may de 2025 · 2 señales
  • 3-Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 27 may de 2025 · 1 señal
  • 4-APROPIACION NO. 4118.pdfCertificación de fondos · 27 may de 2025 · 2 señales
  • 6-pliego_de_condiciones_signed.pdfPliego · 27 may de 2025 · 3 señales
  • 7-convocatoria_signed.pdfDocumento · 27 may de 2025
  • 8-Requerimiento original.pdfDocumento · 27 may de 2025
  • acta_de_inicio_peor_2025_0006_impartici_n_cooltura_vs._ale_signed.pdfActa · 27 may de 2025 · 1 señal
  • acta_de_adjudicacion_mimarena_ccc_peor_2025_0006_cooltura_signed (1).pdfActa de adjudicación · —
  • COMPROMISO No. 6178 (1).pdfDocumento · —
  • CONTRATO (4).pdfContrato · —

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Informe final del portal
Documento · —