En la Reunión Ordinaria No. 028, celebrada el 5 de junio de 2025, el Comité aprobó el informe económico y adjudicó a Parmira View Enterprises, S.R.L. el suministro de combustibles por un año, por RD$80,000,000.00, al considerar que ofreció el mayor descuento por galón. Gulfstream Petroleum Dominicana, S. de R.L. también presentó una oferta por RD$80,000,000.00. El acta instruye remitir la adjudicación a la máxima autoridad de EGEHID para su aprobación escrita.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra ambas ofertas en RD$80,000,000.00, igual al monto estimado y apropiado, aunque consigna descuentos por galón distintos y señala que estos se entregan en combustible después del pago. Conviene verificar cómo se comparó el valor económico efectivo de las propuestas y cómo se reflejan esos descuentos en el monto contractual.
“Valor total de la oferta: OCHENTA MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$80,000,000.00). NOTA: La oferta de Gasoil Óptimo al granel incluye un descuento de 6.27% (RD$15.00 p/ galón con precio actual del mercado) entregado en combustib”
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 78 — Oferta más conveniente
Artículo 78. Oferta más conveniente. La evaluación de las ofertas procurará que la adjudicación recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación, calidad-costo, menor precio o basada en calidad, según corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo I. De acuerdo con lo establecido en párrafo I del artículo 26 de la ley, cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común y estandarizado, se entenderá en principio, como oferta más conveniente aquella que cumpliendo los aspectos y condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones, incluidos los criterios de sostenibilidad fijados,…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El acta adjudicó a Parmira tras declarar que cumplía las especificaciones técnicas; en la información posterior del proceso se indica que se solicitó la terminación amigable de su contrato por no poder garantizar cobertura oportuna y suficiente de la demanda. El resultado posterior amerita revisar cómo se evaluó la capacidad operativa acreditada antes de adjudicar.
“PARMIRA VIEW ENTERPRISES, S.R.L., por cumplir con las especificaciones técnicas y presentar el MAYOR DESCUENTO POR GALÓN, por un monto de OCHENTA MILLONES DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$80,000,000.00).”
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Oferentes que registra (2)
1 habilitado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Gulfstream Petroleum Dominicana, S. de R.L.El acta consigna que cumplió la evaluación financiera y las especificaciones técnicas; su oferta económica fue de RD$80,000,000.00.
Habilitado
—
RD$80,000,000
Parmira View Enterprises, S.R.L.Adjudicada por RD$80,000,000.00; el acta señala que cumplió las especificaciones técnicas y presentó el mayor descuento por galón.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…