El Acta núm. 2025-008, fechada el 24 de abril de 2025, aprueba el inicio y adjudica a EMPRESAS LAUREL, S.R.L. el arrendamiento del local de las Comisiones Médicas de Santo Domingo por 48 meses, de junio de 2025 a mayo de 2029, por RD$20,933,853.43 con impuestos incluidos y un aumento anual del 10%. También aprueba pagar desde enero de 2026, adicionalmente, RD$672,772.56 por concepto de depósito de arrendamiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El mismo acto instruye realizar el procedimiento de excepción y decide adjudicar directamente. El artículo 161 del Reglamento 416-23 describe, para la selección directa, etapas previas de solicitud y análisis de la propuesta y cotización, seguidas de aprobación del informe y adjudicación; conviene verificar la secuencia documentada en el expediente.
“PRIMERO: En virtud del Artículo 57 y párrafo, del Reglamento de Aplicación de la Ley , aprobado mediante Decreto , se instruye a la División de Compras y Contrataciones, a realizar el Procedimiento de Contratación bajo la modalidad de Excep”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 161 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
Esta acta cuantifica en RD$672,772.56 el depósito que se pagaría adicionalmente al monto general adjudicado de RD$20,933,853.43 y señala que no fue contemplado en el POA de 2025. El importe nuevo merece cotejo con la apropiación presupuestaria y el valor total comprometido; la suma con la adjudicación se aproxima al monto estimado del portal, con una diferencia de centavos.
“SEGUNDO: Se aprueba que, a partir del mes de enero del año 2026, se pagará de manera adicional al citado monto, la suma de SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS PESOS DOMINICANOS CON 56/100 (RD$672,772.56), por concepto de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
La relación inicial del Comité identifica a Anneline Escoto como miembro y directora jurídica, mientras que el bloque de firmas incluye a Norma Vidal como suplente de la directora jurídica. El acta no explica el cambio; corresponde verificar la asistencia y representación consignadas para la deliberación.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
EMPRESAS LAUREL, S.R.L.El acta la adjudica como proveedor único para arrendar el local donde operan las Comisiones Médicas del CNSS.
Adjudicado
Arrendamiento local Comisiones Médicas Santo Domingo
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona