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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego Bienes INFOTEP-CCC-CP-2025-0008.pdf

“Adquisición de Mobiliarios de Oficina, para el Centro de Formación Técnico Santa Fe, San Pedro de Macorís” · Instituto Nacional de formación Técnico Profesional

Publicado el 17 jun de 202544 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INFOTEP-CCC-CP-2025-0008

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de una comparación de precios convocada el 17/06/2025 para adquirir mobiliario de oficina, con presupuesto base de RD$5,600,800.00 y diez renglones agrupados bajo el Lote I. Según el portal, se registró un contrato adjudicado a Serd-Net, SRL por RD$5,612,080, monto que supera el presupuesto base del pliego en RD$11,280.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (4 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Contrato del portal supera el presupuesto base del pliego

Documento del 17 jun 2025 · hace 1 año

El portal registra un contrato de RD$5,612,080, RD$11,280 por encima del presupuesto base de RD$5,600,800 consignado en el pliego. Conviene cotejar el contrato con la apropiación presupuestaria y la adjudicación; el documento no permite determinar si hubo una ampliación presupuestaria posterior.

“El presupuesto base para “Adquisición de Mobiliarios de Oficina, para el Centro de Formación Técnico Santa Fe, San Pedro de Macorís”, asciende a RD$5,600,800.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria

Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Experiencia específica y documentación técnica potencialmente restrictivas

Documento del 17 jun 2025 · hace 1 año

Se exige aportar tres órdenes de compra de bienes como los del proceso y, además, ficha técnica y certificaciones de telas ofertadas, aunque el objeto comprende mobiliario diverso. Estas exigencias pueden limitar la participación; conviene comprobar su pertinencia y proporcionalidad respecto de los bienes requeridos.

“Remitir tres (3) ordenes de compras donde haya suministrado los bienes adquirir en este proceso. … Debe incluir ficha técnica de las telas ofertadas donde se indique el material de composición y sus certificaciones.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Cláusula excluye intereses por retrasos en los pagos

Documento del 17 jun 2025 · hace 1 año

El pliego dispone que INFOTEP no pagará intereses por retrasos, pese a que el Reglamento exige que el contrato indique los intereses aplicables por mora. Conviene revisar cómo se armonizó esa condición con el contrato y el régimen aplicable.

“El INFOTEP, no pagará bajo ningún concepto interés alguno por retrasos en los pagos.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

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A revisarHallazgo en documentos

Fórmula del índice de endeudamiento es internamente contradictoria

Documento del 17 jun 2025 · hace 1 año

La regla combina un límite «Menor 1.50» con expresiones de cumplimiento e incumplimiento que invierten los signos y no determinan inequívocamente cómo se evaluará el índice. Esa ambigüedad puede afectar la aplicación uniforme del requisito financiero.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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ContextoHallazgo en documentos

Pliego fija 60 días hábiles para recepción conforme

Documento del 17 jun 2025 · hace 1 año

El pliego otorga hasta 60 días hábiles para la recepción conforme, un plazo prolongado para verificar los bienes y cerrar la aceptación. El artículo 186 permite que el pliego establezca un plazo distinto del máximo general de 10 días hábiles; se señala como aspecto de control a considerar en la ejecución.

“Si el suministro de bienes fue acorde con las especificaciones técnicas, la institución deberá formalizarla mediante la recepción conforme en un plazo Sesenta (60) días hábiles, a partir del día siguiente de notificada entrega de los bienes”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 186 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 186 — Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios

Artículo 186. Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios. La recepción conforme se otorgará dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles salvo que en el pliego de condiciones o en el contrato se estableciera uno distinto. dicho plazo comenzará a correr a partir del día hábil inmediato siguiente al de la fecha de entrega de los objetos comprados o contratados o al del vencimiento del período que se hubiera establecido en el pliego de condiciones o en el contrato. una vez vencido el plazo establecido para la conformidad, el proveedor podrá intimar la recepción. si la institución contratante no se pronunciara dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al de la recepción…

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ContextoHallazgo en documentos

Fechas de firma del contrato no coinciden en el pliego

Documento del 17 jun 2025 · hace 1 año

La cláusula de entrega toma como referencia la suscripción del contrato el 22 de agosto, mientras el cronograma fija como fecha límite de suscripción el 2 de septiembre de 2025. Como el plazo de entrega corre desde la firma, conviene confirmar cuál fecha regía para calcularlo.

“El plazo de entrega de los artículos solicitados no deberá exceder 30 días calendarios después de la suscripción del contrato el 22 de agosto, 2025. … Suscripción del(los) contrato(s) Hasta el martes, 02 de septiembre de 2025”
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Oferentes que registra (3)

2 mencionado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
MJP Promotion Group, SRLEl portal registra la oferta como cargada/pendiente; no consigna monto ofertado distinto de RD$0.Mencionado—RD$0
Serd-Net, SRLEl portal registra un contrato activo y confirmado; el pliego no identifica los ítems adjudicados.Adjudicado—RD$5,612,080
Muñoz Concepto Mobiliario, SRLEl portal registra la oferta como cargada/pendiente; no consigna habilitación ni adjudicación en este documento.Mencionado—RD$2,855,600

Otros documentos del proceso (13)

  • Acto Adm. Aprobación INFOTEP-CCC-CP-2025-0008.pdfInforme pericial · 17 jun de 2025 · 1 señal
  • CERTIFICACION DE FONDOS INFOTEP-CCC-CP-2025-0008.pdfCertificación de fondos · 17 jun de 2025
  • OFERTA ECONOMICA-INFOTEP-CCC-CP-2025-0008.xlsxDocumento · 17 jun de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRAS INFOTEP-CCC-CP-2025-0016.pdfSolicitud de compra · 17 jun de 2025 · 1 señal
  • Pliego Bienes INFOTEP-CCC-CP-2025-0008.pdfPliego · 17 jun de 2025 · 2 señales
  • DOCUMENTOS ESTANDAR DGCP.zipDocumento · 18 jun de 2025
  • Circular1-INFOTEP-CCC-CP-2025-0008.pdfCircular · 24 jun de 2025
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · 7 ago de 2025
  • Acta Comité 26 junio.pdfActa · —
  • Acta de Adjudicacion.pdfActa de adjudicación · —
  • CONTRATO SERD-NET.pdfContrato · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Informe Final CP-2025-0008.pdf
Documento · —
  • Informe final del portalDocumento · —