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Abriendo la ficha…

Informe pericial

pliego de condiciones.pdf

ADQUISICION DE ALIMENTOS COCINA · Hospital Dr. Salvador B. Gautier

Publicado el 16 jun de 202518 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso HSBG-CCC-CP-2025-0004

Lo que dice

El pliego establece la comparación de precios HSBG-CCC-CP-2025-0004 para adquirir alimentos de cocina, con presupuesto estimado de RD$5,301,450 y adjudicación por ítems a ofertas conformes de menor precio. Fija convocatoria el 17/06/2025 y recepción y apertura de ofertas el 26/06/2025; contiene, además, reglas que requieren revisión por posibles contradicciones en las etapas, los criterios y las garantías.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

El pliego prevé recepción y apertura conjunta de los sobres A y B

Documento del 16 jun 2025 · hace 1 año

El pliego denomina el procedimiento de etapa única y el cronograma fija la recepción y apertura de ambos sobres para la misma fecha. Esto contrasta con la regla de abrir las ofertas económicas solo después de concluir y notificar la evaluación técnica, y puede comprometer la separación de etapas y la confidencialidad de los precios.

“El Procedimiento de Selección aprobado por el Comité de Compras y Contrataciones del HOSPITAL SALVADOR B. GAUTIER, para llevar a cabo el presente PROCESO DE COMPARACIÓN DE PRECIOS y se realizará mediante ETAPA UNICA; … Recepción y apertura ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas

Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…

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A revisarHallazgo en documentos

Dos vigencias distintas para la garantía de fiel cumplimiento

Documento del 16 jun 2025 · hace 1 año

El pliego fija una vigencia de quince meses en una sección y una vigencia mínima de seis meses en las condiciones del contrato. La divergencia deja incierto el período de cobertura exigido y puede afectar la comparación de ofertas y la protección durante la ejecución.

“La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato debe ser emitida por una entidad bancaria de reconocida solvencia en la República Dominicana, por un periodo de quince (15) meses. … La vigencia de la garantía será mínima de seis (06) meses, con”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…

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A revisarHallazgo en documentos

No se fijan parámetros para identificar un precio temerario

Documento del 16 jun 2025 · hace 1 año

El pliego reserva al comité declarar desiertos los ítems que muestren precio temerario, pero no define el criterio ni la diferencia porcentual con el presupuesto base para identificarlo. El reglamento prevé que esos parámetros consten en el pliego, por lo que su ausencia deja margen de incertidumbre en la evaluación económica.

“El comité de compras y contrataciones se reserva el derecho de declarar desierto aquellos ítems que muestren precio temerario.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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A revisarHallazgo en documentos

Criterio de calidad sin parámetros de evaluación definidos

Documento del 16 jun 2025 · hace 1 año

El pliego menciona la calidad en la presentación de los productos como elemento de selección junto al menor precio, pero no explica cómo se mide ni cómo incide en la adjudicación por ítems. La falta de parámetros verificables puede hacer menos previsible la comparación de ofertas.

“La ADJUDICACIÓN SERÁ REALIZADA POR ITEMS a favor del (los) oferente (s) que presente (n) la propuesta que mejor cumpla con las especificaciones técnicas requeridas, calidad en la presentación de los productos, entrega inmediata y el menor p”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito de dos períodos financieros y evaluación de uno

Documento del 16 jun 2025 · hace 1 año

Para empresas con más de un año, el pliego pide estados financieros completos y auditados de los últimos dos períodos fiscales, pero indica que la evaluación de estabilidad financiera se hará con los estados auditados del último año y no precisa umbrales medibles. La diferencia entre documentos exigidos y evaluados, y la falta de parámetros explícitos, merece revisión por su efecto en la calificación.

“Estados Financieros completos y auditados de los últimos dos períodos fiscales, certificados por una firma o un CPA esto cuando la empresa tenga más de un año constituida; … Se evaluarán los estados financieros auditados del último año para”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

A revisarHallazgo en documentos

Exigencia de inventario disponible en almacén antes de adjudicar

Documento del 16 jun 2025 · hace 1 año

El pliego exige que cada oferente tenga en su almacén todos los ítems por los que participa y que comprometa la entrega en doce horas tras la notificación de adjudicación; además, fija doce horas mínimas para la primera entrega desde el pedido. La exigencia de disponibilidad previa y la diferencia entre los momentos que activan el plazo pueden limitar la participación y hacen menos clara la obligación de entrega.

“El oferente deberá de tener en su almacén cada uno de los ítems al cual participa para comprobar las descripciones de las fichas técnicas depositadas. … Carta Compromiso, en donde certifique la entrega de los bienes ofertados en un plazo de”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Otros documentos del proceso (34)

  • existencia de fondo.pdfCertificación de fondos · 16 jun de 2025 · 1 señal
  • acta de inicio.pdfPliego · 16 jun de 2025 · 1 señal
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 16 jun de 2025
  • ficha tecnica tecnicas.pdfPliego · 16 jun de 2025 · 1 señal
  • SNCC_D038_Garantia_GFC.pdfDocumento · 16 jun de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.pdfDocumento · 16 jun de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.pdfDocumento · 16 jun de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.pdfDocumento · 16 jun de 2025
  • solicitud de aprovacion o requerimiento.pdfDocumento · 16 jun de 2025
  • solicitud de compra.pdfSolicitud de compra · 16 jun de 2025 · 2 señales
  • ACTA DE ADJUDICACION CP-0004.pdfActa de adjudicación · 10 jul de 2025 · 2 señales
  • ACTA DE RECONOCIMIENTO DE ERROR HUMANO-DR. SALVADOR B. GAUTIER_001.pdf

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Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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Acta · 7 ago de 2025 · 1 señal
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