La Enmienda No. III, fechada el 16 de junio de 2025, modifica el punto 11.1.2 del pliego sobre documentación técnica del proceso INEFI-CCC-LPN-2025-0006. Detalla los documentos requeridos, incluidos fotografías de la planta y equipos de producción, muestras, referencias comerciales y constancia de industria nacional, y señala cuáles son subsanables; las demás disposiciones del punto continúan vigentes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control de presentación oportuna de pruebas de capacidad productiva, autorización del fabricante, aceptación del cronograma, experiencia comercial e industria nacional, al permitir subsanarlas..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda está fechada el 16 de junio y modifica requisitos de documentación técnica; según el cronograma del proceso, las ofertas y muestras debían presentarse el 24 de junio, ocho días después. El artículo 107 del Reglamento 416-23 fija un límite temporal para las adendas y exige extender proporcionalmente el plazo cuando se incorporan nuevos requerimientos; corresponde verificar el cómputo aplicable y si se ajustó el cronograma.
“Santo Domingo, Distrito Nacional República Dominicana 16 de junio de 2025. En ese contexto, es de interés hacer de público conocimiento que, el Comité de Compras y Contrataciones, procede a enmendar los puntos que en lo adelante se indican,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Punto 11.1.2 del pliegoDocumentación técnica requerida
Redacción anterior del punto 11.1.2, no reproducida en esta enmienda.
Detalla oferta técnica con marca y referencia; fotografías del establecimiento y áreas de planta en operación; equipos de producción; muestras; autorización del fabricante cuando aplique; aceptación del cronograma; dos referencias comerciales de trabajos similares de los últimos 24 meses; y constancia de industria nacional.
Endurece
Punto 11.1.2 del pliegoDocumentos expresamente subsanables
La enmienda no reproduce la clasificación de subsanabilidad de la redacción anterior.
Declara subsanables los equipos de producción, la autorización del fabricante cuando aplique, la declaración de aceptación del cronograma, las dos referencias comerciales y la constancia de industria nacional.
RelajaQuita un control: Debilita el control de presentación oportuna de pruebas de capacidad productiva, autorización del fabricante, aceptación del cronograma, experiencia comercial e industria nacional, al permitir subsanarlas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona