El documento contiene las especificaciones técnicas enmendadas del proceso CEIZTUR-CCC-CP-2025-0015 para remodelar el IFTC, con presupuesto base de RD$41,074,731.06 y plazo de ejecución de seis meses desde la certificación del contrato. Incluye criterios de evaluación, requisitos financieros y técnicos, y cronograma con recepción de ofertas hasta el 24 de junio de 2025. No consigna adjudicación ni decisión sobre ofertas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El numeral 26 exige a las personas jurídicas liquidez comercial del 15% del presupuesto, mientras que la tabla de evaluación reduce ese requisito comercial al 5%; la exigencia de liquidez bancaria se mantiene en 15%. La divergencia puede producir evaluaciones distintas de la capacidad financiera con base en el mismo pliego.
“donde conste que posee a su favor una liquidez que sume una cantidad igual o mayor a un 15% del total de la suma estimada... … Que evidencie una liquidez que sume una cantidad igual o mayor a un 10% para personas físicas y un 5% para person”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El documento indica que la previsión de apropiación corresponde al 40% del valor total, aunque el presupuesto base asciende a RD$41,074,731.06. Podría responder a una distribución de pagos entre ejercicios presupuestarios; conviene verificar que la apropiación cubra lo que se pagará en cada año, como exige el reglamento.
“Este proceso poseerá una previsión del Certificado de Apropiación Presupuestaria correspondiente al 40% del valor total del proyecto, según los valores disponibles en el Sistema Nacional de Inversión Pública para el periodo 2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona