Registro del contrato anterior a la fecha del acta de adjudicación
· hace 1 año
El portal registra el contrato de OGIM como confirmado y enviado el 10 de junio de 2025, mientras que el acta sitúa la adjudicación en junio, en fecha consignada contradictoriamente como “veintiséis (13)”. La fecha del portal podría referirse a un hito distinto de la firma; conviene verificar la fecha de perfeccionamiento del contrato frente a la adjudicación.
“veinticinco (2025), se reunieron los miembros del Comité de Compras y Contrataciones de esta | institución”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
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