La Enmienda núm. 2, emitida el 10 de junio de 2025 para la licitación SNS-CCC-LPN-2025-0011, modifica las fichas técnicas de los ítems 51-74 y 89 y varios numerales del pliego. Entre otros cambios, fija el valor referencial en RD$384,029,513.85, actualiza reglas de entrega, evaluación y garantías, y declara opcional la memoria USB con copia digital de la oferta técnica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda califica como no subsanable la certificación que acredita garantía local y disponibilidad de técnicos, piezas y servicios. El artículo 120 del Reglamento 416-23 dispone la subsanabilidad de documentos relativos a credenciales cuando el requisito se cumplía al presentar la oferta o es inherente a la capacidad; conviene verificar si esta certificación acredita capacidad del oferente y cómo se aplicó la regla.
“Certificación donde se indique que todos los equipos cuentan con garantía local mediante un representante autorizado oficialmente con disponibilidad de técnicos, piezas y servicios que puedan resolver cualquier inconveniente que pueda prese”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Fichas técnicasEspecificaciones de los ítems 51-74 y 89
La versión anterior de las fichas técnicas no se reproduce en el documento.
Se enmiendan las fichas técnicas de los ítems 51-74 y 89 y se informa que fueron cargadas las versiones modificadas.
Aclara
Sección I, numeral 4Valor referencial y rango de oferta anormalmente baja
La redacción anterior no se reproduce en el documento.
Fija un valor referencial de RD$384,029,513.85, impuestos incluidos, y menciona un rango del 20% respecto del promedio del precio o valor del ítem.
Aclara
Sección I, numeral 5Lugar y coordinación de entrega
La redacción anterior no se reproduce en el documento.
Establece la entrega en el almacén del SNS y requiere coordinación previa con las áreas responsables de recibir los bienes.
Aclara
Sección I, numeral 6Plazo de entrega e instalación
Según la Enmienda núm. 1 resumida en el expediente, el máximo era de 15 días calendario desde la notificación de adjudicación.
Mantiene el máximo de 15 días calendario, contados desde la certificación del contrato; la instalación seguirá un cronograma del SNS y los aumentos de plazo requieren autorización y no generan erogaciones adicionales.
Relaja
Sección I, numeral 8Cronograma de evaluación y subsanación
El cronograma anterior no se reproduce en el documento.
Fija para agosto de 2025 fechas de notificación de errores y aclaraciones, aceptación de correcciones y subsanación de la garantía de seriedad.
Neutral
Sección I, numeral 10Formato de ofertas en papel y copia digital
La redacción anterior no se reproduce en el documento.
Mantiene la presentación física de originales y copias firmados y foliados, pero declara opcional incluir en el Sobre A una memoria USB con copia escaneada de la oferta técnica.
Relaja
Sección I, numeral 14Subsanabilidad de documentación técnica
La redacción anterior no se reproduce en el documento.
Identifica como no subsanables la certificación de garantía local con técnicos, piezas y servicios disponibles por al menos dos años, y el cronograma de entrega.
Endurece
Sección I, numerales 24 y 25Evaluación económica y adjudicación por ítem
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La redacción anterior no se reproduce en el documento.
Establece adjudicación por ítems, basada en menor precio entre ofertas que cumplan los demás criterios, y agrega una regla de descalificación para ofertas iguales o inferiores al 20% del valor referencial del ítem.
Aclara
Sección II, numeral 11Garantía de fiel cumplimiento
La redacción anterior no se reproduce en el documento.
Indica garantía del 4% —o del 1% para adjudicatarios MIPYME—, plazos de presentación diferenciados para extranjeros y fechas de constitución y firma contractual.