Publicado el 6 jun de 2025Fechado el 3 jun de 202552 páginasEn el mensaje «Informe preliminar y Notificacion de errores u omisiones de tipo subsanables»
El informe preliminar, emitido el 4 de junio de 2025, evalúa las ofertas técnicas de cuatro participantes en la comparación de precios 911-CCC-CP-2025-0004. Los peritos recomiendan no habilitar a Importadora K & G y Neumatic por incumplimientos técnicos no subsanables, no habilitar a Three-A por incluir la oferta económica en el sobre técnico y requerir a Grupo Cometa subsanar documentos financieros de 2024.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe reproduce las especificaciones requeridas incluyendo modelos Treadwar concretos, sin que el texto citado indique que se admiten equivalentes. La mención de modelos de marca puede limitar la competencia si no existe una justificación técnica o una alternativa equivalente prevista en el pliego.
“Neumático tipo H/T dimensión 255/60/R18 para camioneta Treadwar 440”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Importadora K & G, S.A.S.Los peritos recomiendan no habilitarla para la apertura del Sobre B por no acreditar el requisito técnico no subsanable de contar con centros de servicio en el Distrito Nacional y Santiago. Es una recomendación preliminar.
No habilitado
Todos los ítems (1 al 16)
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Grupo Cometa, S.A.S.En la evaluación preliminar cumple los requisitos legales y técnicos, pero debe subsanar los estados financieros y el IR2 de 2024; el informe no establece una habilitación definitiva.
Mencionado
Todos los ítems (1 al 16)
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Neumatic Neumáticos y Baterías de Santiago, S.R.L.Los peritos recomiendan no habilitarla para la apertura del Sobre B por no acreditar el requisito técnico no subsanable de centros de servicio en el Distrito Nacional y Santiago. Es una recomendación preliminar.
No habilitado
Todos los ítems (1 al 16)
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Three-A National Tires, S.R.L.Los peritos recomiendan no habilitarla porque su oferta económica fue incluida dentro de la oferta técnica. Es una recomendación preliminar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona