El Acta Administrativa núm. 030-2025, de 2025-06-02, aprueba el informe económico y adjudica el lote único de servicios de almuerzos y cenas a L B Eventos Sociales, SRL, por RD$5,600,000. La decisión indica que fue el único oferente habilitado que cumplió las especificaciones técnicas; también comunica las vías y plazos de recurso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica por RD$5,600,000, el monto estimado del proceso según el portal; el portal registra además una oferta de Martínez Torres Traveling por ese mismo monto. Esta coincidencia merece cotejarse con las ofertas económicas originales y el informe de evaluación; por sí sola no demuestra una irregularidad, y el proceso de comparación de precios estaba dentro del umbral de 2025 para servicios.
“Se ADJUDICA el lote único, al Oferente L B EVENTOS SOCIALES SRL, RNC, por ser el único oferente habilitado que cumplió con todas las especificaciones técnicas establecidas en los Pliegos de Condiciones Específicas, de acuerdo c”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta denomina «reconsideración» al recurso ante la institución y cuenta el plazo desde la publicación. El Reglamento 416-23 describe la impugnación ante la institución y el recurso jerárquico ante la DGCP, y exige que el acto indique claramente las vías y plazos recursivos; conviene verificar que la notificación no haya dificultado el ejercicio oportuno de esos recursos.
“La presente resolución puede ser recurrible en reconsideración, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles, de conformidad con lo dispuesto en la Ley y sus modificaciones. Asimismo, puede recurrirse en sede jurisdiccional, con la interpos”
Artículo 13. Actos administrativos. Todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de selección serán formalizadas mediante actos administrativos que deberán estar debidamente motivados. En consecuencia, además de aquellas previstas en el artículo 15 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, de manera enunciativa y no limitativa, aplicarán para: 1) La decisión de suspender el procedimiento en alguna etapa o en su globalidad. 2) La respuesta a los recursos o las solicitudes de investigación recibidas. 3) La aplicación de sanciones a los servidores públicos. Párrafo I. Los actos administrativos, y todos los documentos que componen el expediente administrativo, podrán ser firmados…
Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación
Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…
Oferentes que registra (2)
1 adjudicado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
L B Eventos Sociales, SRLEl acta lo identifica como único oferente habilitado que cumplió todas las especificaciones técnicas.
Adjudicado
Lote único
RD$5,600,000
Martínez Torres Traveling, SRLEl acta señala que L B Eventos Sociales fue el único oferente habilitado que cumplió las especificaciones; no especifica el incumplimiento concreto de Martínez Torres Traveling.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…