Se invitó a seis firmas en una excepción por exclusividad
· hace 1 año
El acta registra invitaciones a seis firmas auditoras bajo la modalidad de exclusividad. El artículo 54 del Reglamento 416-23 prevé esta excepción para un número limitado de proveedores, que no puede ser mayor de cinco; conviene verificar cómo se determinó que las seis firmas podían atender el requerimiento y la compatibilidad de esa lista con la causal utilizada.
“Que en fecha 6 de marzo del año 2025, fueron enviadas vía correo electrónico las invitaciones a las siguientes firmas auditoras, suministradas por el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) de la lista corta; a) BDO AUDITORIA,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →