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Abriendo la ficha…

Acta · Acta MEM-CCC-0057-2025

Acta. No.Aprob. excepción PEPU-0003.pdf

ADQUISICIÓN DE EXTENSION DE MÓDULOS PARA PLATAFORMA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO SISTEMA NACIONAL DE CONTINGENCIA DEL SECTOR ENERGÉTICO. · Ministerio de Energía y Minas

Publicado el 29 may de 2025Fechado el 26 may de 20258 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MEM-CCC-PEPU-2025-0003

Lo que dice

El 27 de mayo de 2025, el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Energía y Minas acogió por unanimidad el informe pericial y aprobó tramitar como excepción por proveedor único la extensión de módulos del Sistema Nacional de Contingencia del Sector Energético por tres años. Identificó a ASTECH, S.R.L. como proveedor único autorizado según una certificación de ESGINNOVA y ordenó continuar el procedimiento y publicar la documentación justificativa. El acta no adjudica el contrato.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (1)

ContextoHallazgo en documentos

El informe pericial atribuye al artículo 47 una regla distinta

Documento del 29 may 2025 · hace 1 año

El informe atribuye al artículo 47 del Reglamento una regla sobre proveedor único, aunque ese artículo regula la competencia para gestionar procedimientos de excepción. El acta cita también el artículo 57, que sí establece el procedimiento por proveedor único; conviene verificar la precisión de la fundamentación normativa incorporada al expediente.

“El artículo 47 del Reglamento de Aplicación de la Ley Núm. 416-23 de la Ley Núm. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones indica que los procesos de Proveedor Único: son procesos de adquisición de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 47 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 47 — Competencia para la organización, gestión y ejecución de los procedimientos de excepción

Artículo 47. Competencia para la organización, gestión y ejecución de los procedimientos de excepción. El Comité de Compras y Contrataciones Públicas constituido en cada institución contratante será el órgano competente para la organización, gestión y ejecución de los procedimientos de excepción previstos en el párrafo del artículo 6 de la Ley núm. 340- 06 y sus modificaciones. Este tendrá las mismas responsabilidades que las previstas para los procedimientos ordinarios descritos en el presente reglamento.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único

Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
ASTECH, S.R.L.El acta la identifica como proveedor único autorizado para suministrar el software y sus extensiones; no adjudica el contrato.Mencionado——

Otros documentos del proceso (11)

  • Designacion Peritos.pdfInforme pericial · 29 may de 2025
  • Acta. No.Aprob. excepción PEPU-0003.pdfPliego · 29 may de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 29 may de 2025
  • contrato SNCC.C024.docxContrato · 29 may de 2025
  • DECLARACION JURADA PERSONAS JURIDICAS.docDocumento · 29 may de 2025
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia.docxDebida diligencia · 29 may de 2025
  • OGTIC0003.pdfDocumento · 29 may de 2025
  • INFORME JUSTIFICATIVO EXCEPCIÓN PEPU-0003.pdfInforme justificativo · 29 may de 2025
  • Pliego PEPU-2025-0003 Final.pdfPliego · 29 may de 2025 · 2 señales
  • Solicitud compra 0003.pdfSolicitud de compra · 29 may de 2025 · 3 señales
  • Informe perito 0003.pdfInforme pericial · 16 jun de 2025

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona