La Circular No. 1 responde consultas técnicas, financieras y contractuales de la licitación para construir la Presa La Gina; no identifica oferentes ni adjudica el contrato. Entre otras precisiones, confirma pagos por cantidades ejecutadas y cubicaciones mensuales sin los umbrales mínimos cuestionados, y comunica prórrogas para presentar ofertas, incluida una de 30 días calendario desde el 29 de mayo de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se modifica o sustituye el indicador de endeudamiento citado, que servía para verificar la solidez financiera del oferente.; Se admite experiencia de una obra todavía en curso, en vez de limitar la acreditación a proyectos ejecutados y concluidos.; La experiencia acreditada por una entidad vinculada puede sustentar la capacidad del oferente, condicionada a la participación de la matriz.; Se elimina la verificación puntuable de disponibilidad de hardware y se concentra esa puntuación en software..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La respuesta condiciona la participación de empresas extranjeras a asociarse con una empresa nacional y fija porcentajes máximos de participación extranjera según el país de origen. Es una condición con efecto directo en quién puede competir y merece revisión de su alcance y aplicación conforme al régimen aplicable.
“Las empresas extranjeras pueden participar siempre que cumplan con la legislación local, y los documentos que depositen de su país de origen deben estar apostillados. También la Ley 322 de 1981 establece que las empresas extranjeras, para”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 79 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 79. Se considerará incorporada a la presente ley la Ley No. 322, del 2 de junio de 1981, sobre la participación de empresas extranjeras en la contratación y ejecución de proyectos de obras del Estado, contenida en la Gaceta Oficial No. 9556, se aplicará en forma compatible a la presente ley y los acuerdos o convenios internacionales suscritos por la República Dominicana, para ello esta ley faculta al Poder Ejecutivo y al Órgano Rector tomar todas las medidas que estime necesarias. El Poder Ejecutivo expedirá en reemplazo del Reglamento No.57886, del 2 de junio de 1981, aquél que se ajuste a las condiciones de esta ley.
La respuesta afirma que no se estableció ningún límite para las ofertas, ni al alza ni a la baja. Aunque el artículo 130 condiciona la descalificación por precio temerario a criterios y diferencias porcentuales fijados en el pliego, la ausencia confirmada de un umbral para detectar esas ofertas merece revisión por el riesgo de aceptar precios que no sustenten la ejecución.
“No se ha establecido ningún límite para las ofertas, ni en uno u otro sentido.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
La respuesta considera atendible reducir la penalidad diaria por retraso de 1% a 0.1%, pero deja el asunto para la redacción del contrato una vez adjudicada la obra. La indefinición antes de conocer al ganador puede afectar la comparabilidad de las ofertas y deja una condición económica relevante para una etapa posterior.
“Es razonable y atendible la solicitud de que la penalidad por retraso o demora se fije en un 0.1% del monto del contrato por cada día de retraso, hasta un máximo acumulado de diez por ciento (10%) del monto del contrato, Este tema deberá se”
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La respuesta indica que se realizaron ensayos de desgaste de rocas, pero que sus resultados no están disponibles; también señala que las cajas de testigos no están disponibles y remite a fotografías de un informe de 1992. En una obra de presa, la falta de acceso a esos antecedentes puede aumentar la incertidumbre técnica y de costos para preparar ofertas comparables.
“Se hicieron algunos ensayos de Prueba Desgate los Ángeles con resultados satisfactorios con muestras superficiales del aluvión del rio. . Estas pruebas no están disponibles. ... Estas cajas no están disponibles.”
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Cambios que introduce (10)
Sección
Antes
Después
Efecto
Cubicaciones y condiciones de pagoUmbrales para presentar la primera cubicación y las cubicaciones parciales
El pliego contemplaba que la primera cubicación alcanzara el 80% del anticipo y que las cubicaciones superaran el 15% del monto contractual.
La circular confirma que se eliminan ambos requisitos y permite cubicaciones mensuales por los trabajos realizados, aprobados por la Supervisión.
La consulta describe un índice de endeudamiento (pasivo total/patrimonio neto) con límite de 1.50.
La respuesta establece un índice de solvencia menor o igual a 2.0, sin precisar su fórmula ni aclarar expresamente qué ocurre con el índice de endeudamiento.
RelajaQuita un control: Se modifica o sustituye el indicador de endeudamiento citado, que servía para verificar la solidez financiera del oferente.
Evaluación de la experienciaExperiencia en proyectos en curso
La pregunta plantea como requisito acreditar experiencia mediante una certificación de ejecución de un proyecto en curso.
La respuesta acepta esa posibilidad si el proyecto tiene naturaleza y complejidad equivalentes a las exigidas.
RelajaQuita un control: Se admite experiencia de una obra todavía en curso, en vez de limitar la acreditación a proyectos ejecutados y concluidos.
Experiencia de matrices y filialesTransferencia de experiencia entre empresas vinculadas
La pregunta solicita permitir la transferencia de experiencia entre matrices, filiales y subsidiarias.
La respuesta la acepta si la casa matriz participa en la licitación.
RelajaQuita un control: La experiencia acreditada por una entidad vinculada puede sustentar la capacidad del oferente, condicionada a la participación de la matriz.
Evaluación de herramientas de trabajo, Cuadro 8Hardware y software para geología
El Cuadro 8 incluía un aspecto de hardware con 0.50 puntos y 0.50 puntos para software de geología.
Se suprime la evaluación de hardware y sus 0.50 puntos se trasladan al software de geología, que pasa a 1.00 punto.
RelajaQuita un control: Se elimina la verificación puntuable de disponibilidad de hardware y se concentra esa puntuación en software.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…