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Abriendo la ficha…

Informe justificativo

2. Informe Pericial de Excepción.pdf

Contratación de servicio de mantenimiento para los vehículos en garantía de la flotilla vehicular del INAIPI · Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia

Publicado el 28 may de 2025Fechado el 13 mar de 202522 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAIPI-CCC-PEPU-2025-0003

Lo que dice

El informe pericial, fechado el 14 de marzo de 2025, recomienda contratar directamente a VIAMAR, S.A. mediante excepción por proveedor único para el mantenimiento de vehículos de la flotilla del INAIPI que permanecen en garantía. Sostiene que el mantenimiento preventivo debe realizarse en talleres autorizados para preservar la garantía y afirma que VIAMAR es el único concesionario autorizado; este informe no fija un monto de contratación.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.5 millones

La justificación de proveedor único se centra en el mantenimiento preventivo

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

El informe justifica la selección directa por la necesidad de preservar la garantía mediante mantenimiento preventivo. Sin embargo, la ficha del proceso describe reparación y mantenimiento, y las especificaciones reseñadas para el proceso incluyen servicios preventivos y correctivos; conviene verificar que la exclusividad acreditada cubra todo el alcance contratado, en particular las reparaciones correctivas.

“No existen otros proveedores que puedan ofrecer el servicio de mantenimiento preventivo sin que ello afecte la validez de la garantía de los vehículos en cuestión.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único

Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ContextoHallazgo en documentosRD$5.5 millones

Proceso casi idéntico registrado en la misma fecha y por igual monto

Documento del 28 may 2025 · hace 1 año

El portal registra otro proceso del INAIPI, INAIPI-CCC-PEPU-2025-0002, con el mismo título, fecha de convocatoria y estimado de RD$5,500,000. Esto no demuestra que los alcances se dupliquen, pero amerita cotejar los vehículos y prestaciones de ambos expedientes para descartar superposición de alcance o de gasto.

“El servicio objeto de contratación es la "Contratación de Servicio de Mantenimiento para los Vehículos en Garantía de la Flotilla Vehicular del INAIPI", los cuales fueron adquiridos a través del concesionario autorizado VIAMAR, S.A.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
VIAMAR, S.A.El informe recomienda su contratación directa como proveedor único por ser, según el documento, el concesionario autorizado y el único habilitado para prestar el mantenimiento preventivo sin afectar la garantía. El portal y el acta posterior registran la adjudicación.AdjudicadoÍtem únicoRD$5,500,000

Otros documentos del proceso (8)

  • 3. Acta de aprobación de excepción.pdfActa · 28 may de 2025 · 1 señal
  • 4. Solicitud de compra.pdfSolicitud de compra · 28 may de 2025 · 1 señal
  • 5. Especificaciones técnicas.pdfPliego · 28 may de 2025 · 4 señales
  • 8. Acta de adjudicación 03.pdfActa de adjudicación · 30 may de 2025 · 1 señal
  • 10. CONTRATO INAIPI-2025-00088 (PEPU-2025-0003).pdfContrato · —
  • 8. Acta de adjudicación 03.pdfActa de adjudicación · —
  • CERTIFICADO DE CUOATA A COMPROMETER.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona