El acta, cerrada el 21 de mayo de 2025, aprueba los informes económicos y de puja y adjudica a Cecomsa los ítems 1, 3, 4 y 5 por RD$16,872,123.38, y a Compu-Office el ítem 7 por RD$696,342.83. Declara desiertos los ítems 2 (laptop de 14 pulgadas) y 6 (impresora de etiquetas).
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta atribuye la deshabilitación de Compu-Office del ítem 6 a que su propuesta no cumplía la mejora mínima, y registra que el ítem quedó desierto. El artículo 144 regula ese mínimo para los lances de la puja; el artículo 143 describe la evaluación de las ofertas económicas iniciales frente al presupuesto referencial, por lo que conviene verificar cómo se aplicó el requisito antes de la puja.
“El oferente COMPU-OFFICE queda deshabilitado del ítem 6 Impresora de Etiquetas, puesto que en el Pliego de Condiciones está estipulado que la mejora mínima no podrá ser menor que el monto establecido ... y la propuesta del oferente no cumpl”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 143 · Reglamento 416-23, art. 144 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 143 — Apertura y evaluación de oferta económica inicial
Artículo 143. Apertura y evaluación de oferta económica inicial. El Comité de Compras y Contrataciones abrirá las ofertas económicas iniciales, las que serán evaluadas por los peritos designados, conforme con el pliego de condiciones del procedimiento, verificando que las ofertas económicas iniciales presentadas por los oferentes sean menores al presupuesto referencial de cada artículo del procedimiento. Párrafo. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones habilitará y notificará a los oferentes que hayan superado la etapa de evaluación de la oferta económica inicial y, automáticamente, el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) definirá el valor inicial de la puja o…
Reglamento 416-23, artículo 144 — Reglas generales de la puja electrónica
Artículo 144. Reglas generales de la puja electrónica. Las instituciones contratantes y los oferentes deben cumplir estas reglas en la puja electrónica: 1. Las pujas solo pueden durar entre 15 a 60 minutos. El período seleccionado debe indicarse en el pliego de condiciones. 2. El período de las pujas permite que los oferentes mejoren sus propuestas a través de lances sucesivos. 3. Los oferentes son los únicos responsables de los montos que indiquen en cada lance. 4. Los oferentes deben acceder al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en la hora prevista en el pliego de condiciones, para poder realizar los lances durante el tiempo de puja. 5. Si un oferente decide no…
El acta adjudica a Cecomsa RD$16,872,123.38. Según el historial aportado, la empresa había obtenido de SISALRIL siete contratos por RD$68,728,852 en los 24 meses previos; es un patrón de concentración que merece revisión, sin que por sí solo determine irregularidad.
“ADJUDICAR como al efecto ADJUDICA al oferente CECOMSA, S.R.L., del proceso de referencia SISALRIL-CCC-SI-2025-0002 lo siguiente:”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
L&L Parada Smart, SRLParticipó para los ítems 1 a 7; el acta no consigna su habilitación ni descalificación.
Mencionado
Ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7
RD$19,196,850
Cecomsa, SRLAdjudicado para los ítems 1, 3, 4 y 5.
Adjudicado
Ítems 1, 3, 4 y 5
RD$16,872,123
Uxmal Comercial, SRLParticipó para el ítem 1; el acta no consigna su habilitación ni descalificación.
Mencionado
Ítem 1
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Compu-Office Dominicana, SRLAdjudicado para el ítem 7 por RD$696,342.83; además, el acta consigna que fue deshabilitado del ítem 6 por incumplir la mejora mínima y que ese ítem quedó desierto.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona