La Circular núm. 1, fechada el 21 de abril de 2025, responde consultas de oferentes y comunica modificaciones a especificaciones de los ítems 1, 2 y 3; rechaza flexibilizar las condiciones de los escáneres de los ítems 4 y 5. También dispone emitir una adenda para extender el cronograma y el plazo de presentación de ofertas, sin indicar aquí las nuevas fechas. Algunas especificaciones reproducidas no coinciden claramente con las consultas que la circular dice acoger.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular dice acoger la solicitud de aceptar pantallas de 16 pulgadas y una distribución distinta de puertos, pero la especificación que presenta mantiene una pantalla de 15.6 pulgadas y otra configuración. La divergencia deja incierto qué requisito debían seguir los oferentes; el documento no permite determinar si otra adenda la aclaró.
““favor indicar si la Institución estuviese en la disposición de recibir equipos con pantalla de: 16", Non-Touch, FHD+, 300 nit, 45% NTSC, Anti-Glare, FHD Cam, Acorde a la disponibilidad en ei mercado.” … “Mínima 15.6" FHD (1920x1080) Non-To”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
La respuesta afirma acoger la solicitud de definir los puertos USB del monitor como cuatro USB-A y uno USB-B, pero la tabla reproducida enumera HDMI, DP y VGA y no incluye puertos USB. Esa diferencia entre la respuesta y la especificación merece verificarse para determinar las condiciones aplicables a las ofertas.
““Resolución Única: Con relación a lo anterior, acogemos su solicitud y modificaremos las especificaciones técnicas de la siguiente manera:” … “Puertos: SNCC.P.066 Ix HDMI 1.4 Ix DP 1.2 Ix VGA.””
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Ítem 1 — laptops de 15 pulgadas, audioEspecificación de audio
Se solicitaba “2 x altavoces Waves MaxxAudio Pro Intelligent Audio”.
La especificación pasa a “2 X altavoces, de alta calidad de audio Intelligent Audio con cancelación de ruido neuronal”.
Relaja
Ítem 1 — monitor incluido con las laptopsPuertos del monitor
El oferente pidió eliminar el requisito de USB 3.2; la circular describe el requisito previo como un puerto USB 3.2.
La especificación reproducida fija como puertos mínimos HDMI, DP y VGA, sin mencionar USB 3.2.
Relaja
Ítem 2 — laptops de 14 pulgadasProcesador y especificaciones mínimas
La consulta indica que el modelo requerido estaba descontinuado y pregunta si se admite un M4 Max; la circular no reproduce el requisito previo completo.
Se especifica procesador mínimo chip M3 Max de 14 núcleos, 36 GB de memoria unificada, SSD de 1 TB, GPU de 30 núcleos y pantalla Retina de mínimo 14 pulgadas.
Aclara
CronogramaPlazo para presentar ofertas
La fecha límite vigente no se indica en esta circular.
Se dispone emitir una adenda para extender el cronograma y el plazo de presentación de ofertas, sin consignar las nuevas fechas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona