La Circular de Respuestas núm. 01 del proceso MOPC-CCC-SI-2025-0001, fechada el 23 de mayo de 2025, responde consultas sobre los documentos de transporte de combustible y el uso de estaciones de terceros. Aclara que el oferente puede emitir la constancia de autorización de sus camiones, pero debe identificar los vehículos y adjuntar sus matrículas o contratos de alquiler; para estaciones de terceros, requiere formalizar su disponibilidad y presentar autorización notariada del propietario.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la exigencia de que un tercero independiente emita la constancia de autorización; la verificación de esa afirmación pasa a depender de la declaración del oferente, aunque se mantienen documentos de propiedad o alquiler..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Requisitos de transporte de combustibleEmisión de constancia de autorización de los vehículos
El pliego requería una constancia de permisos o autorización de unidades de transporte debidamente autorizadas, sin precisar en esta circular quién debía emitirla.
El oferente emite la constancia e identifica los camiones; adjunta matrículas o contratos de alquiler. La circular indica que no es necesario que la constancia provenga de una entidad externa.
RelajaQuita un control: Se elimina la exigencia de que un tercero independiente emita la constancia de autorización; la verificación de esa afirmación pasa a depender de la declaración del oferente, aunque se mantienen documentos de propiedad o alquiler.
Requisitos de estaciones de expendioUso de estaciones de terceros para suministrar tickets
La consulta pregunta si bastaría presentar una lista de estaciones y una constancia general para utilizar estaciones que no son propiedad del oferente.
Se aclara que las estaciones deben ser propias o arrendadas bajo dominio del proveedor; para las de terceros se exige contrato o convenio formal y autorización notariada del propietario con compromiso durante toda la contratación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona