El Comité de Compras y Contrataciones del ADN aprobó el informe pericial y adjudicó el procedimiento de excepción por emergencia, mediante selección directa, a ADN Service LTD, SRL por RD$1,680,106,647.96 y a Disposición Sanitaria Capital, SRL por RD$972,660,000.00. El acta, fechada el 21 de mayo de 2025, fija una vigencia máxima de tres años desde la firma de los contratos y dispone publicar la documentación del proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
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A revisarHallazgo en documentosRD$2.7 mil millones
El acta adjudica a las dos prestadoras actuales un total de RD$2,652,766,647.96 mediante selección directa y permite una vigencia de hasta tres años. Aunque invoca continuidad operativa y prevé promover después un procedimiento competitivo, la duración y el alcance plurianual de una contratación motivada por emergencia ameritan verificar que se limiten a lo imprescindible para atenderla y que la transición a competencia tenga sustento y seguimiento.
“MONTO TOTAL ADJUDICADO ADN Service LTD, SRL | RD$1,680,106,647.96 Disposición Sanitaria Capital, SRL (DSC) | RD$ $972,660,000.00 … TERCERO: DISPONER que la contratación directa autorizada reviste un carácter estrictamente transitorio y exce”
Reglamento 416-23, artículo 52 — Procedimiento de excepción por emergencia nacional
Artículo 52. Procedimiento de excepción por emergencia nacional. Se utilizará el procedimiento de excepción por emergencia nacional para las compras y contrataciones de bienes, servicios y obras necesarios para atender y dar respuesta a circunstancias, acontecimientos graves e inminentes de fuerza mayor que son imposibles de evitar y afectan o pudieran afectar a todas las personas, el interés público, vidas o la economía del país. Serán consideradas causas de emergencia nacional, de manera enunciativa y no limitativa, las siguientes: 1. Catástrofes naturales, calamidades públicas (terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos o forestales). 2. Crisis sanitarias (pandemias y…
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El acta del 21 de mayo adjudica a ambas empresas, mientras que los datos del portal proporcionados registran los contratos de las dos como cancelados el 19 de mayo de 2025. Como esos registros son anteriores al acta, podría tratarse de una actualización o anotación previa; conviene contrastar el estado y la publicación de los contratos efectivamente perfeccionados.
“MONTO TOTAL ADJUDICADO ADN Service LTD, SRL | RD$1,680,106,647.96 Disposición Sanitaria Capital, SRL (DSC) | RD$ $972,660,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona